Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00188/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 31, reguladora del precio público por la prestación del servicio del centro de día
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Ayuntamiento de La Codosera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Codosera
La Codosera (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 31, reguladora del precio público por la prestación del servicio del
centro de día

El Pleno de este Ayuntamiento en su sesión, de fecha 23 de noviembre de 2022, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza
fiscal número 31: Precio público centro de día.
Dado que no se han presentado reclamaciones contra la misma durante el periodo de exposición pública, dicho acuerdo
deviene definitivo y será ejecutivo sin más trámites, una vez se haya publicado íntegramente el acuerdo y el texto de la
Ordenanza (anexo I) en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 17.4 TR 2/2004, de 5 de marzo, de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Contra el presente acuerdo definitivo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, previa interposición del recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un
mes desde esta publicación.
ANEXO I
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO CENTRO DE DÍA DE LA
CODOSERA (BADAJOZ)
Artículo 1.º.- Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación
del servicio público de centro de día, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido
en el artículo 41 y siguientes del citado texto legal.
Artículo 2.º.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible el precio público de esta Ordenanza, el uso, disfrute o utilización de las instalaciones del
centro de día, la prestación de servicios en sus instalaciones así como la prestación del servicio municipal de comidas.
Artículo 3.º.- Devengo.
La obligación del pago del precio público nace desde el momento en que se inicie el servicio, previo expediente de admisión
tramitado al efecto.
Artículo 4.º.- Sujetos pasivos.
Están obligados al pago del precio público por la utilización del centro de día del Ayuntamiento de La Codosera, todos los
usuarios que se beneficien de la prestación de los servicios del centro de día, y que serán como mínimo algunos de los
siguientes:
Servicios para usuarios válidos y dependientes:
- Servicio de comedor (desayuno, comida, merienda y cena).
- Servicio de talleres ocupacionales y socioculturales.
- Servicio de higiene personal para dependientes.
- Servicio de higiene personal para válidos con informe favorable de la Comisión de Valoración y Seguimiento.
Igualmente estarán sujetos al pago del precio público todos los usuarios del servicio municipal de comidas realizados por
este Ayuntamiento o por el concesionario, en su caso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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