Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00119/2023)
Bases que han de regir la convocatoria de una plaza de Técnico/a Medio de Relaciones Laborales por el sistema de concurso-oposición, vacante en la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra
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el Tribunal en sesión pública convocada al efecto y que tendrá como objeto conocer la capacidad, aptitud e
idoneidad de los/as opositores/as para el desarrollo de las funciones propias de la plaza objeto de la presente
convocatoria. No serán tenidos en cuenta y, por tanto, no serán calificados los ejercicios de quiénes no
realicen la referida lectura.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias desarrolladas,
la capacidad de síntesis y exposición escrita así como las conclusiones expuestas.
Para la realización del ejercicio se permitirá la utilización de los textos legales que consideren necesarios y
que serán aportados por el personal opositor antes del acto del examen, en ningún caso se permitirá el uso
de medios electrónicos. Los textos legales no pueden recoger comentarios de los propios textos, siendo
solamente admitidos aquellos compendios de normativa que aglutinen exclusivamente una relación de
derecho positivo, sin ningún tipo de comentario sobre el mismo. Esta fase se puntuará de 0 a 10, siendo
necesaria una puntuación mínima de 5 puntos para su superación.
8.4.- La calificación final de los/as opositores/as en las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios que conforman la fase de oposición. El Tribunal
publicará en el tablón de anuncios y sede elctrónica de la corporación anuncio en que aparezcan los
resultados finales del proceso de selección. A los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición se
les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso. La puntuación final será aquella obtenida de
aplicar el porcentaje establecido para la fase de oposición (80%) para la fase de concurso (20%). El resultado
de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de ellas, será la puntuación
final. El Tribunal publicará la relación de aspirantes aprobados/as y propuesto/a para nombramiento, no
pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano competente
de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, este se dirimirá por aquel/aquella aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, luego en el segundo y por último en el tercer ejercicio.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquel/aquella cuyo
género estuviera sobrerrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el orden de
actuación establecido según el sorteo a que se refierido en esta convocatoria.
8.5.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de cinco días hábiles
para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que
hayan pasado esta última fase.
8.6.- El Tribunal, por agilidad del proceso, podrá convocar la realización de dos fases en un mismo día. De esta
forma, si se trata de dos fases que requieren de una posterior lectura de los ejercicios por parte del
opositor/a, las lecturas también pueden convocarse para que sean llevadas a cabo en el mismo día.
9.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
9.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan aprobado
las pruebas selectivas a los que se les sumará los puntos correspondientes a la fase de concurso conforme al
procedimiento descrito en el punto anterior, por orden de puntuación obtenida.
El Tribunal elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento de los
aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido, para ocupar la plaza convocada.
9.2.- En el plazo máximo de veinte días naturales a contar desde la última sesión de la oposición, el o la
aspirante propuesto/a por el Tribunal, presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento los siguientes
documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base 2.ª:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación o justificante de haber satisfecho los derechos de expedición,
sin perjuicio de su posterior presentación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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el Tribunal en sesión pública convocada al efecto y que tendrá como objeto conocer la capacidad, aptitud e
idoneidad de los/as opositores/as para el desarrollo de las funciones propias de la plaza objeto de la presente
convocatoria. No serán tenidos en cuenta y, por tanto, no serán calificados los ejercicios de quiénes no
realicen la referida lectura.
En esta prueba se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y práctico de las materias desarrolladas,
la capacidad de síntesis y exposición escrita así como las conclusiones expuestas.
Para la realización del ejercicio se permitirá la utilización de los textos legales que consideren necesarios y
que serán aportados por el personal opositor antes del acto del examen, en ningún caso se permitirá el uso
de medios electrónicos. Los textos legales no pueden recoger comentarios de los propios textos, siendo
solamente admitidos aquellos compendios de normativa que aglutinen exclusivamente una relación de
derecho positivo, sin ningún tipo de comentario sobre el mismo. Esta fase se puntuará de 0 a 10, siendo
necesaria una puntuación mínima de 5 puntos para su superación.
8.4.- La calificación final de los/as opositores/as en las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios que conforman la fase de oposición. El Tribunal
publicará en el tablón de anuncios y sede elctrónica de la corporación anuncio en que aparezcan los
resultados finales del proceso de selección. A los/las aspirantes que hayan superado la fase de oposición se
les aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso. La puntuación final será aquella obtenida de
aplicar el porcentaje establecido para la fase de oposición (80%) para la fase de concurso (20%). El resultado
de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada una de ellas, será la puntuación
final. El Tribunal publicará la relación de aspirantes aprobados/as y propuesto/a para nombramiento, no
pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano competente
de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, este se dirimirá por aquel/aquella aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, luego en el segundo y por último en el tercer ejercicio.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquel/aquella cuyo
género estuviera sobrerrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el orden de
actuación establecido según el sorteo a que se refierido en esta convocatoria.
8.5.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de cinco días hábiles
para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que
hayan pasado esta última fase.
8.6.- El Tribunal, por agilidad del proceso, podrá convocar la realización de dos fases en un mismo día. De esta
forma, si se trata de dos fases que requieren de una posterior lectura de los ejercicios por parte del
opositor/a, las lecturas también pueden convocarse para que sean llevadas a cabo en el mismo día.
9.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
9.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan aprobado
las pruebas selectivas a los que se les sumará los puntos correspondientes a la fase de concurso conforme al
procedimiento descrito en el punto anterior, por orden de puntuación obtenida.
El Tribunal elevará al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento de los
aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido, para ocupar la plaza convocada.
9.2.- En el plazo máximo de veinte días naturales a contar desde la última sesión de la oposición, el o la
aspirante propuesto/a por el Tribunal, presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento los siguientes
documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base 2.ª:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación o justificante de haber satisfecho los derechos de expedición,
sin perjuicio de su posterior presentación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
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