Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00094/2023)
Aprobación definitiva de las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones para el fomento de inicio de actividad económica a empresas y autónomos de la localidad de Medellín y núcleo de Yelbes
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Ayuntamiento de Medellín

Anuncio 94/2023

- Transferencia bancaria: Se justificará́ mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar
en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado, y copia de
extracto bancario en que figure el gasto.
- Domiciliación bancaria: Se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y copia de extracto
bancario en que figure el gasto.
- Cheque: Se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del proveedor/a que emite la factura
y/o copia de extracto bancario en que figure el gasto.
- Tarjeta bancaria: Resguardo de pago con tarjeta de crédito o débito.
- Pago en efectivo para facturas de pago al contado no superior a 1.000,00 euros, siempre y cuando reúna los
requisitos legalmente establecidos.
III.- En cuanto al arrendamiento del local, se justificará únicamente mediante transferencia bancaria, resguardo de pagos
con tarjetas o copia de talones y extractos bancarios.
Base octava.- Consignación presupuestaria.
El crédito presupuestario total máximo para la subvención se determinará a la hora de aprobar el correspondiente
presupuesto del ejercicio en curso, que figurara consignado en la aplicación presupuestaria 920 479 00 del presupuesto del
ejercicio económico 2023 y queda sujeta esta convocatoria a la correspondiente reserva de crédito en el presupuesto del
ejercicio del año 2023.
La fuente de financiación de dicha aplicación presupuestaria proviene de recursos propios.
En todo caso el límite de las subvenciones a conceder será el de la disposición presupuestaria que se estime para el ejercicio
del año 2023 quedando condicionada a la declaración de la disponibilidad del mismo antes de proceder a la concesión de
las ayudas.
Base novena.- Cuantías máximas de la subvención.
Se otorgará una subvención por los siguientes importes máximos individualizados por persona o entidad beneficiaria, hasta
agotar el crédito presupuestario para este fin hasta 500,00 euros para todos los solicitantes, por orden de solicitud hasta la
finalización de la cuantía prevista en la partida.
En ningún caso el importe de la subvención unido al de otras posibles subvenciones, ingresos o recursos para la misma
finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado podrá́ superar el importe del coste de gastos
de la actividad.
Base décima.- Publicidad de las bases de la convocatoria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones la
información relativa a la presente convocatoria será remitida a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) la cual
servirá de medio electrónico para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad contenidas en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. El extracto de convocatoria se publicará
también en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las presentes bases se publicarán, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios
situado en las dependencias municipales y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y en su página de sede
electrónica https://medellin.sedelectronica.es.
Base undécima.- Instrucción del procedimiento para la concesión de la subvención.
La instrucción del procedimiento de concesión, seguimiento y cumplimiento de esta subvención, corresponderá a una
comisión técnica cuya composición será determinada por resolución de la Alcaldía.
a) Recibidas las solicitudes, el servicio gestor de la subvención, comprobará que se ha presentado la documentación
justificativa en plazo y forma, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos. Dentro de estas actuaciones se contempla expresamente el informe del servicio
gestor que pondrá de manifiesto el cumplimiento total del objeto de la subvención, de conformidad con lo establecido en el
artículo 24.3 de la LGS.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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