Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06290/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización para la provisión de una plaza de Operario/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Anuncio 6290/2022
profesional de Operario/a, en cualquier otra Administración Pública distinta a la
convocante, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
2 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 8 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,16 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
No podrá computar el mismo periodo de tiempo desempeñado en una misma administración o en varias, en
dos o más apartados diferentes.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial.
Los meritos profesionales se acreditarán con vida laboral actualizada acompañada de certificados o informes
de la Administración contratante que identifique la categoria profesional y funciones de la plaza ocupada.
b) Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 4 puntos:
Por los cursos de formación recibidos o impartidos, por o para órganos oficiales, universidades,
institutos públicos de formación, y homologados dentro de planes de formación continua y similares
de las Administraciones Públicas, orientados al desempeño de funciones en escala y subescala o en la
categoría profesional a la que se desea acceder.
0,04 puntos por hora, hasta un máximo de 4 puntos.
La justificación de este apartado será mediante copia compulsada del diploma o certificado de la realización
del mismo, en los que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no
venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
DÉCIMA. Calificación de las pruebas selectivas.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición.
Si se dieran empates, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor de la persona aspirante que hubiera
obtenido mayor puntuación en la fase de concurso; en segundo lugar, a favor de la persona que hubiera prestado más
tiempo de servicios en la Entidad convocante en la plaza objeto del proceso; en tercero, de la que hubiera prestado más
tiempo de servicio en la Administración Pública en general; y, en último, de la que tenga más edad.
UNDÉCIMA. Relación de aprobados/as.
Terminada la calificación de los ejercicios y la valoración de méritos, el Tribunal Calificador hará pública la relación de
aprobados/as según el orden de puntuación alcanzado, así como su propuesta de acceso a la condición de funcionario/a o
personal laboral fijo de las personas aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, y la elevará a la
Presidencia de la Institución convocante.
Esa relación se hará pública en el tablón de anuncios y se otorgará un plazo de 10 días hábiles para interponer
reclamaciones.
Finalizado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas las que, en su caso, se hayan interpuesto, se publicará la relación
definitiva de personas seleccionadas.
DUODÉCIMA. Acreditación de requisitos.
Una vez publicada la relación definitiva de las personas seleccionadas, conforme a lo previsto en la base 6.3., éstas
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para presentar en la Entidad
convocante los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el
proceso selectivo, siendo esos documentos los que se enumeran a continuación:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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profesional de Operario/a, en cualquier otra Administración Pública distinta a la
convocante, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
2 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 8 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,16 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
No podrá computar el mismo periodo de tiempo desempeñado en una misma administración o en varias, en
dos o más apartados diferentes.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los servicios hayan sido
prestados a tiempo parcial.
Los meritos profesionales se acreditarán con vida laboral actualizada acompañada de certificados o informes
de la Administración contratante que identifique la categoria profesional y funciones de la plaza ocupada.
b) Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 4 puntos:
Por los cursos de formación recibidos o impartidos, por o para órganos oficiales, universidades,
institutos públicos de formación, y homologados dentro de planes de formación continua y similares
de las Administraciones Públicas, orientados al desempeño de funciones en escala y subescala o en la
categoría profesional a la que se desea acceder.
0,04 puntos por hora, hasta un máximo de 4 puntos.
La justificación de este apartado será mediante copia compulsada del diploma o certificado de la realización
del mismo, en los que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no
venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
DÉCIMA. Calificación de las pruebas selectivas.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso
y oposición.
Si se dieran empates, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor de la persona aspirante que hubiera
obtenido mayor puntuación en la fase de concurso; en segundo lugar, a favor de la persona que hubiera prestado más
tiempo de servicios en la Entidad convocante en la plaza objeto del proceso; en tercero, de la que hubiera prestado más
tiempo de servicio en la Administración Pública en general; y, en último, de la que tenga más edad.
UNDÉCIMA. Relación de aprobados/as.
Terminada la calificación de los ejercicios y la valoración de méritos, el Tribunal Calificador hará pública la relación de
aprobados/as según el orden de puntuación alcanzado, así como su propuesta de acceso a la condición de funcionario/a o
personal laboral fijo de las personas aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, y la elevará a la
Presidencia de la Institución convocante.
Esa relación se hará pública en el tablón de anuncios y se otorgará un plazo de 10 días hábiles para interponer
reclamaciones.
Finalizado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas las que, en su caso, se hayan interpuesto, se publicará la relación
definitiva de personas seleccionadas.
DUODÉCIMA. Acreditación de requisitos.
Una vez publicada la relación definitiva de las personas seleccionadas, conforme a lo previsto en la base 6.3., éstas
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para presentar en la Entidad
convocante los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el
proceso selectivo, siendo esos documentos los que se enumeran a continuación:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la
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