Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06290/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización para la provisión de una plaza de Operario/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana
Anuncio 6290/2022
Consistirá en responder un cuestionario de veinte (20) preguntas, que versarán sobre el
Temario de la convocatoria, con cuatro respuestas alternativas de entre la batería cerrada de al
menos 225 preguntas, que se publicarán en la página web del Ayuntamiento, junto con la
relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en el que sólo una respuesta es la
correcta. La pregunta con respuesta correcta tendrá un valor de 1 puntos.
La pregunta con respuesta errónea se penalizará con un cuarto del valor asignado a la
respuesta correcta (0,25 puntos).
Las preguntas no contestadas no puntuarán ni penalizarán.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
9.1.2. Segundo ejercicio. Prueba práctica consistente en la realización de algún trabajo
relacionado con el puesto de trabajo a desarrollar.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Calificación final de la fase de oposición.
La calificación final de la fase de oposición será la suma aritmética de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios anteriores y para continuar el procedimiento deberá
alcanzarse la puntuación mínima prevista en las Bases.
9.1.3. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal otorgará un plazo de 10 días hábiles a los
aspirantes aprobados para que acrediten los méritos alegados en la solicitud de participación
en el proceso selectivo, en los términos indicados en la base 6.2.
9.2. Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido por el artículo 2.4, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
la fase de concurso tendrá una puntuación de 40 puntos respecto de los 100 puntos del total del proceso
selectivo.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a) Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 36 puntos:
Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de Administración
Especial, subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, Operario/a, o como
personal laboral temporal en la categoría profesional de Operario/a, en el Ayuntamiento
convocante, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
6 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 36 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,5 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal funcionario interino en otras escalas o subescalas o
como personal laboral temporal en otra categoría profesional distinta a la convocada,
adscritos a la Administración convocante, computados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias.
2 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,16 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal Especial, subescala Servicios Especiales, clase
Personal de Oficios, Operario/a, o como personal laboral temporal en la categoría
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Consistirá en responder un cuestionario de veinte (20) preguntas, que versarán sobre el
Temario de la convocatoria, con cuatro respuestas alternativas de entre la batería cerrada de al
menos 225 preguntas, que se publicarán en la página web del Ayuntamiento, junto con la
relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en el que sólo una respuesta es la
correcta. La pregunta con respuesta correcta tendrá un valor de 1 puntos.
La pregunta con respuesta errónea se penalizará con un cuarto del valor asignado a la
respuesta correcta (0,25 puntos).
Las preguntas no contestadas no puntuarán ni penalizarán.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
9.1.2. Segundo ejercicio. Prueba práctica consistente en la realización de algún trabajo
relacionado con el puesto de trabajo a desarrollar.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Calificación final de la fase de oposición.
La calificación final de la fase de oposición será la suma aritmética de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios anteriores y para continuar el procedimiento deberá
alcanzarse la puntuación mínima prevista en las Bases.
9.1.3. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal otorgará un plazo de 10 días hábiles a los
aspirantes aprobados para que acrediten los méritos alegados en la solicitud de participación
en el proceso selectivo, en los términos indicados en la base 6.2.
9.2. Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido por el artículo 2.4, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
la fase de concurso tendrá una puntuación de 40 puntos respecto de los 100 puntos del total del proceso
selectivo.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a) Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 36 puntos:
Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de Administración
Especial, subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, Operario/a, o como
personal laboral temporal en la categoría profesional de Operario/a, en el Ayuntamiento
convocante, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
6 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 36 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,5 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal funcionario interino en otras escalas o subescalas o
como personal laboral temporal en otra categoría profesional distinta a la convocada,
adscritos a la Administración convocante, computados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias.
2 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,16 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal Especial, subescala Servicios Especiales, clase
Personal de Oficios, Operario/a, o como personal laboral temporal en la categoría
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