Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06297/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana

Anuncio 6297/2022

Las asistencias y colaboraciones por participación en tribunales darán derecho a percibir las indemnizaciones
previstas en la normativa correspondiente.
NOVENA. Procedimiento selectivo.
9.1. Fase de oposición.
De conformidad con lo establecido por el artículo 2.4, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
la fase de oposición tendrá una puntuación de 60 puntos respecto de los 100 puntos del total del proceso
selectivo.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio.
La fase de oposición se compondrá de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio. Realización de un cuestionario de preguntas de respuesta alternativa.
Consistirá en responder un cuestionario de cincuenta 50 preguntas, que versarán sobre el Temario de la
convocatoria, con cuatro respuestas alternativas en el que sólo una respuesta es la correcta. La pregunta con
respuesta correcta tendrá un valor de 1 puntos.
La pregunta con respuesta errónea se penalizará con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta
(0,25 puntos).
Las preguntas no contestadas no puntuarán ni penalizarán.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Segundo ejercicio. Realización de supuestos de carácter práctico o teórico-práctico.
Consistirá en la realización de uno o varios supuestos de carácter práctico o teórico-práctico, que se podrá
componer de uno o varios apartados relacionados con las tareas y funciones propias de la plaza convocada
propuestos por el Tribunal. El Tribunal podrá incluir un máximo de 5 preguntas concretas a contestar por los
aspirantes.
Se calificará de 0 a 30 puntos.
Calificación final de la fase de oposición.
La calificación final de la fase de oposición será la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno
de los ejercicios anteriores y para continuar el procedimiento deberá alcanzarse la puntuación mínima de 30
puntos.
9.2. Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido por el artículo 2.4, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
la fase de concurso tendrá una puntuación de 40 puntos respecto de los 100 puntos del total del proceso
selectivo.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
A) Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 36 puntos:
Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de Administración General,
subescala Auxiliar, o como personal laboral temporal en la categoría profesional de Auxiliar
Administrativo, en el Ayuntamiento convocante, computados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
9 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 36 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,5 puntos por cada mes completo,
despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto
de 30 días.
Servicios prestados como personal funcionario interino en otras escalas o subescalas o como personal
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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