Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06289/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización de una plaza de Maestro/a de Educación Infantil
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Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana

Anuncio 6289/2022

cualquier otra Administración Pública distinta a la convocante, computados hasta la
fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
5 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 50 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,42 puntos por cada mes
completo, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se
entenderá por mes el conjunto de 30 días.

No podrá computar el mismo periodo de tiempo desempeñado en una misma administración o en varias, en dos o más
apartados diferentes.
Los trabajos a tiempo parcial se valorarán en función de la jornada realmente desempeñada.
Los meritos profesionales se acreditarán con vida laboral actualizada acompañada de certificados o informes de la
Administración contratante que identifique la categoria profesional y funciones de la plaza ocupada.
B) Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo 30 puntos:
Por los cursos de formación recibidos o impartidos, por o para órganos oficiales, universidades, institutos públicos de
formación, y homologados dentro de planes de formación continua y similares de las Administraciones Públicas,
orientados al desempeño de funciones en escala y subescala o en la categoría profesional a la que se desea acceder,
0,10 puntos por hora de formación.
La justificación de este apartado será mediante copia compulsada del diploma o certificado de la realización del mismo, en
los que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado alguno de
estos extremos no podrá computarse.
DÉCIMA. Calificación de las pruebas selectivas.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el concurso.
Si se dieran empates, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor de la persona aspirante que hubiera
obtenido mayor puntuación en la fase de méritos profesionales; en segundo lugar, a favor de la persona que hubiera
prestado más tiempo de servicios en la Entidad convocante en la plaza objeto del proceso; en tercero, de la que hubiera
prestado más tiempo de servicio en la Administración Pública en general; y, en último, de la que tenga más edad.
UNDÉCIMA. Relación de aprobados/as.
Terminada la valoración de méritos, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aprobados/as según el orden de
puntuación alcanzado, así como su propuesta de acceso a la condición de funcionario/a o personal laboral fijo de las
personas aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, y la elevará a la Presidencia de la Institución
convocante.
DUODÉCIMA. Acreditación de requisitos.
12.1. Una vez publicada la relación definitiva de las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de 20 días
hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para presentar en la Entidad convocante los
documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de participación en el
proceso selectivo, siendo esos documentos los que se enumeran a continuación:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento
acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países miembros de
la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del/de
la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está
separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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