Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06258/2022)
Bases plazas de personal laboral fijo
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Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara

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Concepto

Explicación

Puntuación

Máximo

b) Antigüedad en el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara en el
mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente a la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes.

0,08
puntos/mes

3 puntos

c) Antigüedad en cualquier administración pública en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta
la fecha determinación del plazo de presentación de solicitudes.

0,025
puntos/mes

3 puntos

0,01 puntos

1 punto

Observaciones a) No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal
eventual o mediante contrato administrativo ni los servicios prestados
en el sector privado.
b) No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo
un mes por 30 días naturales.
c) No se computarán los servicios realizados mediante contratos sujetos
a la ley de contratos del sector público, ni aquellos que correspondan o
se encuentren en régimen de colaboración social, los períodos de
prácticas formativas ni de las becas de colaboración o de formación.
2. Formación

Por cada hora de formación
Se valorarán los cursos y actividades formativas (cursos de
perfeccionamiento, másteres, congresos, impartición de cursos de
formación, tutorías impartidas y jornadas), acreditados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, que complemente
las competencias del empleado público y se encuentren relacionados
directamente con el puesto de trabajo al que se quiera optar realizados
por organismos o centros públicos o privados homologados
oficialmente.

Observaciones - Un crédito equivale a 10 horas = 0,10 puntos
- En todos los casos se valorará únicamente una única edición del curso
o acción formativa, ya sea asistencia o impartición cuando dentro de un
mismo año sean coincidentes en cuanto a su contenido y se valorará
únicamente el de nivel superior o avanzado.
- No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de
realización y las horas de duración ni el contenido del mismo.
Octava. Baremación de los méritos.
No serán valorados los méritos no invocados por el aspirante ni tampoco aquellos que, aún siendo invocados, no sean
debidamente obtenidos y acreditados en el plazo de presentación de instancias, mediante cualquiera de los medios
autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la administración,
ya que el número de méritos alegables, en su caso, no es un requisito imprescindible para la admisión del aspirante.
Acreditación de los servicios:
La experiencia en las administraciones públicas se acreditará mediante certificación expedida por el responsable de la
unidad administrativa en la que hubiere prestado los servicios y en la que deberán constar obligatoriamente los siguientes
datos:
Puesto de trabajo desempeñado y grupo.
Fecha de inicio y fin de cada una de las experiencias.
Total de días de relación y régimen de jornada % (completa, tiempo parcial)…
Junto con los certificados deberá presente certificado de Vida Laboral.
Acreditación de la formación:
La formación debe acreditarse mediante presentación de la oportuna certificación o fotocopia de los Diploma/s en los que
deberá constar:
Nombre del curso
Contenido de las materias impartidas
Duración del curso, expresado en horas o créditos
Novena. Calificación final.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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