Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06413/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, durante el año 2023
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 6413/2022
Criterios de valoración
Aspectos a valorar
Ponderación y
puntuación máxima
3º Efecto tractor de la actividad
sobre su entorno
Nº de actividades/sectores del entorno a las que
afecta la actividad como tractora:
≤ 1 actividad/sector 0 puntos
≥ 2 act/sec y < 4 act/sec 5 puntos
≥ 4 act/sec y < 6 act/sec 8 puntos
≥ 6 act/sec 10 puntos
Hasta 10 puntos
4º Carácter innovador de la
actividad en el entorno
Nº de empresas que desarrollan la misma actividad en
la mancomunidad a la que pertenece la localidad:
≤ 2 empresa 5 puntos
3 o 4 empresas 3 puntos
≥ 4 empresa 0 puntos
Hasta 5 puntos
5º Generación y potencialidad en la
generación de empleo
Empleo creado (incluida la persona trabajadora
autónoma)
Creación de más de 4 puestos de trabajo: 10 puntos
Creación de 3 a 4 puestos de trabajo: 7 puntos
Creación de 2 puestos de trabajo: 5 puntos
Hasta 10 puntos
La puntuación total mínima a alcanzar en los cinco criterios será de 15 puntos. Por debajo de ese límite se desestimarán las
solicitudes de subvención.
La cantidad a subvencionar será proporcional a los puntos obtenidos, con el límite del importe solicitado, y siempre limitada
a la cuantía máxima de la subvención establecida en la base 7 y a la no superación del crédito total consignado especificado
en la Base 2.
El procedimiento concreto para la valoración de las solicitudes y el cálculo de las cantidades a subvencionar es el que se
recoge en la siguiente base.
BASE 13. CÁLCULO DE LOS IMPORTES DE LAS SUBVENCIONES
En la fase de instrucción, el órgano competente seguirá la siguiente secuencia de actuaciones para el cálculo de los importes
de las subvenciones:
1. Cada solicitud aceptada se evaluará desde la óptica de los cinco criterios establecidos en la base anterior,
asignándole una puntuación a cada uno de ellos y, al sumarlos, una puntuación total.
2. Desestimando las solicitudes que no cumplan los mínimos de valoración también referidos en la anterior
base (15 en el total), se ordenarán las restantes por orden decreciente de puntuación total.
3. A la solicitud con mayor puntuación, si ésta es igual o superior a 35 puntos, se le asignará inicialmente la
subvención máxima (12.000 €), y a las restantes, las cantidades proporcionales en función de las
puntuaciones totales, con arreglo a la fórmula
Si= (Pi/Pmax) x 12.000
Donde Si es la subvención inicial a conceder a la solicitud que se valora, Pi su puntuación total y Pmax la
puntuación máxima otorgada a los solicitantes.
4. Si la mayor puntuación es inferior a 35 puntos, se le asignará inicialmente como subvención la cuantía
resultante de la fórmula
Smax= (Pmax / 35) x 12.000
Donde Smax es la subvención inicial del solicitante que se valora, que corresponde al de mayor puntuación, y
a las restantes se asignará las cantidades proporcionales de sus puntuaciones totales respecto de 35 puntos
(Si= (Pi / 35) x 12.000).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 21
Anuncio 6413/2022
Criterios de valoración
Aspectos a valorar
Ponderación y
puntuación máxima
3º Efecto tractor de la actividad
sobre su entorno
Nº de actividades/sectores del entorno a las que
afecta la actividad como tractora:
≤ 1 actividad/sector 0 puntos
≥ 2 act/sec y < 4 act/sec 5 puntos
≥ 4 act/sec y < 6 act/sec 8 puntos
≥ 6 act/sec 10 puntos
Hasta 10 puntos
4º Carácter innovador de la
actividad en el entorno
Nº de empresas que desarrollan la misma actividad en
la mancomunidad a la que pertenece la localidad:
≤ 2 empresa 5 puntos
3 o 4 empresas 3 puntos
≥ 4 empresa 0 puntos
Hasta 5 puntos
5º Generación y potencialidad en la
generación de empleo
Empleo creado (incluida la persona trabajadora
autónoma)
Creación de más de 4 puestos de trabajo: 10 puntos
Creación de 3 a 4 puestos de trabajo: 7 puntos
Creación de 2 puestos de trabajo: 5 puntos
Hasta 10 puntos
La puntuación total mínima a alcanzar en los cinco criterios será de 15 puntos. Por debajo de ese límite se desestimarán las
solicitudes de subvención.
La cantidad a subvencionar será proporcional a los puntos obtenidos, con el límite del importe solicitado, y siempre limitada
a la cuantía máxima de la subvención establecida en la base 7 y a la no superación del crédito total consignado especificado
en la Base 2.
El procedimiento concreto para la valoración de las solicitudes y el cálculo de las cantidades a subvencionar es el que se
recoge en la siguiente base.
BASE 13. CÁLCULO DE LOS IMPORTES DE LAS SUBVENCIONES
En la fase de instrucción, el órgano competente seguirá la siguiente secuencia de actuaciones para el cálculo de los importes
de las subvenciones:
1. Cada solicitud aceptada se evaluará desde la óptica de los cinco criterios establecidos en la base anterior,
asignándole una puntuación a cada uno de ellos y, al sumarlos, una puntuación total.
2. Desestimando las solicitudes que no cumplan los mínimos de valoración también referidos en la anterior
base (15 en el total), se ordenarán las restantes por orden decreciente de puntuación total.
3. A la solicitud con mayor puntuación, si ésta es igual o superior a 35 puntos, se le asignará inicialmente la
subvención máxima (12.000 €), y a las restantes, las cantidades proporcionales en función de las
puntuaciones totales, con arreglo a la fórmula
Si= (Pi/Pmax) x 12.000
Donde Si es la subvención inicial a conceder a la solicitud que se valora, Pi su puntuación total y Pmax la
puntuación máxima otorgada a los solicitantes.
4. Si la mayor puntuación es inferior a 35 puntos, se le asignará inicialmente como subvención la cuantía
resultante de la fórmula
Smax= (Pmax / 35) x 12.000
Donde Smax es la subvención inicial del solicitante que se valora, que corresponde al de mayor puntuación, y
a las restantes se asignará las cantidades proporcionales de sus puntuaciones totales respecto de 35 puntos
(Si= (Pi / 35) x 12.000).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 21