Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06413/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, formación profesional de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3, durante el año 2023
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

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Las personas trabajadoras autónomas o empresas interesadas deberán presentar su solicitud, formulada conforme al
modelo que figura como Anexo I en las Bases de esta Convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación general:
1. Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar por la empresa, donde deberán figurar, entre otros aspectos, los
siguientes: descripción de la actividad (necesidades a cubrir, público objetivo, descripción del producto y del proceso
productivo, etc.), descripción de las instalaciones, listado de proveedores (ubicación, etc.), descripción del proyecto de
inversión para el que se solicita subvención e información sobre los criterios establecidos en la correspondiente
cláusula de estas Bases para la valoración de la subvenciones a conceder (nº de habitantes de la localidad en la que
se desarrolla la actividad, sector económico, nº y tipo de actividades/sectores sobre los que ejerce un efecto tractor,
nº de empresas en la mancomunidad a la que pertenece la actividad que desarrollan la misma actividad, empleo
creado).
2. Plan de inversiones (anexo III).
3. Declaración responsable de carácter general (anexo IV).
4. En el caso de los solicitantes que no consten ya inscritos en el Registro de Terceros de Diputación, justificante de
haber solicitado el alta en el mismo.
En el caso de personas físicas:
1. Copia del DNI del solicitante.
2. Informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
3. Copia del modelo de declaración de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Segundad Social, o
en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta posterior al 1 de octubre de 2022 y anterior
a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
4. Copias del título universitario o resguardo acreditativo de su solicitud, del título de formación profesional de grado
superior o del certificado de profesionalidad nivel 3.
5. Certificado de empadronamiento, con el que se pueda acreditar que la persona solicitante ha estado empadronada
en algún municipio de la provincia de Badajoz durante, al menos, los tres meses anteriores a la fecha de publicación
en el BOP de la presente convocatoria.
6. Copia del modelo 037 (o 036) de la AEAT donde se recoja el alta en la actividad.
En el caso de personas jurídicas:
1. Documentación acreditativa de la personalidad del/la solicitante (DNI), así como poder bastante en derecho para que
actúe en nombre y representación de la persona jurídica.
2. Copia de la tarjeta de identificación fiscal (CIF).
3. Copia del DNI de toda/os la/os socias/os.
4. Copias de los títulos universitarios, o resguardos de su solicitud, de los de formación profesional de grado superior o
de los certificados de profesionalidad de nivel 3, de toda/os la/os socia/os que lo posean y cuya edad sea inferior a 35
años en la fecha de presentación de la solicitud.
5. Certificados de empadronamiento, con los que se pueda acreditar que la/os socia/os con titulación universitaria y
edad inferior a los 35 años han estado los tres meses anteriores a la de la publicación en el BOP de la presente
convocatoria, empadronada/os en alguno de los municipios de la provincia de Badajoz.
6. Informes de la vida laboral expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, de la/os socia/os con titulación
universitaria y edad inferior a 35 años.
7. Escritura de constitución debidamente diligenciada por el registro correspondiente.
8. Copia del modelo 037 (o 036) de la AEAT donde se recoja el alta en la actividad.
Tanto para personas físicas como jurídicas:
No obstante lo indicado anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la documentación relacionada
anteriormente no deberán adjuntar a su solicitud los documentos ya aportados con anterioridad a cualquier Administración
Pública, salvo que conste su oposición expresa, bastando con que indique en el apartado destinado al efecto en el anexo de
solicitud de qué documentos se trata, en qué fecha los presentó, ante qué órganos y en qué expedientes, para que los
recabe de oficio el órgano gestor. En cualquier caso, si no fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su
aportación al interesado.
Asimismo, a tenor de lo establecido en el artículo 28.2 del referido Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio las certificaciones acreditativas de que el solicitante no tiene
deudas pendientes con la Diputación Provincial en periodo ejecutivo ni con la Seguridad Social, salvo que conste su
oposición expresa al respecto en el correspondiente apartado de su solicitud, en cuyo caso deberá aportar junto a esta los
correspondientes certificados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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