Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de Mérida. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06167/2022)
Aprobación de las bases y convocatorias de varias plazas en el proceso de estabilización de empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Oliva de Mérida
Anuncio 6167/2022
públicas y no por academias o instituciones privadas.
Puntuación máxima: 20 puntos.
C.1. Por cursos de formación recibidos, con una duración mínima de 10 horas, en materias relacionadas con
organización y/o gestión bibliotecaria, animación a la lectura, aplicaciones bibliotecarias, dispositivos de
lectura e internet, se valorará con 0.06 puntos por cada hora de formación, hasta un máximo de 10 puntos.
C.2. Por seminarios/jornadas de formación/actualización bibliotecaria, se valorará con 1 punto por cada
jornada, hasta un máximo de 8 puntos.
C.3. Por acreditar capacitación en prevención de riesgos laborales, con una duración superior a 35 horas, se
valorará con un máximo de 2 puntos.
Octava. Calificación.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos, en caso de empate, se resolverá el
mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.1 del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de
Oliva de Mérida ocupando el puesto objeto de convocatoria. Seguidamente atendiendo a la mayor puntuación en el
apartado A.2 del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Oliva de Mérida en otro puesto distinto a la plaza objeto de la
convocatoria y posteriormente al punto A.3 del mérito de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo
cuerpo, escala o equivalente del puesto objeto de la convocatoria; si aún persistiese el empate se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en la formación, y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso selectivo, en caso de duda, para que
acrediten la veracidad de las circunstancias y/o documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Oliva de Mérida las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, indicando aquellos
propuestos para su contratación.
La persona aspirante propuesta acreditará ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
La persona aspirante propuesta, con excepción de aquellas que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Oliva de
Mérida, deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su
capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un
dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa
laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica del contrato celebrado.
Décima. Con los aspirantes que no resulten adjudicatarios de las plazas convocadas se formará una bolsa de empleo para la
cobertura de la plaza de forma temporal en caso de resultar necesario.
Undécima. Incompatibilidades.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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públicas y no por academias o instituciones privadas.
Puntuación máxima: 20 puntos.
C.1. Por cursos de formación recibidos, con una duración mínima de 10 horas, en materias relacionadas con
organización y/o gestión bibliotecaria, animación a la lectura, aplicaciones bibliotecarias, dispositivos de
lectura e internet, se valorará con 0.06 puntos por cada hora de formación, hasta un máximo de 10 puntos.
C.2. Por seminarios/jornadas de formación/actualización bibliotecaria, se valorará con 1 punto por cada
jornada, hasta un máximo de 8 puntos.
C.3. Por acreditar capacitación en prevención de riesgos laborales, con una duración superior a 35 horas, se
valorará con un máximo de 2 puntos.
Octava. Calificación.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos, en caso de empate, se resolverá el
mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado A.1 del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de
Oliva de Mérida ocupando el puesto objeto de convocatoria. Seguidamente atendiendo a la mayor puntuación en el
apartado A.2 del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Oliva de Mérida en otro puesto distinto a la plaza objeto de la
convocatoria y posteriormente al punto A.3 del mérito de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo
cuerpo, escala o equivalente del puesto objeto de la convocatoria; si aún persistiese el empate se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en la formación, y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso selectivo, en caso de duda, para que
acrediten la veracidad de las circunstancias y/o documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Oliva de Mérida las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, indicando aquellos
propuestos para su contratación.
La persona aspirante propuesta acreditará ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
La persona aspirante propuesta, con excepción de aquellas que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Oliva de
Mérida, deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su
capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un
dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa
laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica del contrato celebrado.
Décima. Con los aspirantes que no resulten adjudicatarios de las plazas convocadas se formará una bolsa de empleo para la
cobertura de la plaza de forma temporal en caso de resultar necesario.
Undécima. Incompatibilidades.
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