Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06178/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Ordenanza, como personal laboral mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Valdivia

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EXPERIENCIA EN LA MISMA PLAZA/PUESTO
2 - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra
Administración Pública ocupando el puesto vinculado a la
plaza objeto de la convocatoria. Ordenanza.

VALORACIÓN
0,015 puntos por cada mes cotizado al 100 % de la
jornada, computándose proporcionalmente los
porcentajes de jornadas inferiores.

Se entenderá por mes el conjunto de 30 dias.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación
expedida por el órgano competente de la Administración Pública.
En el caso de la experiencia profesional en la Entidad Local Menor de Valdivia, si la plaza objeto
de la convocatoria hubiera cambiado de denominación desde su creación, será tenida en
cuenta la experiencia con otras denominaciones equivalentes siempre y cuando no hubieran
cambiado las funciones del puesto de trabajo.
B. Formación (Hasta un máximo de 2 puntos)

FORMACIÓN
1. Por cada hora de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas)
2. Por estar en posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior
distinta a la requerida en el apartado f de la base 3.1 de la presente convocatoria.

VALORACIÓN
0,010 puntos
1 punto/titulación

Se valorarán los cursos de perfeccionamiento y especialización que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza a la que se opta impartidos o certificados por las
administraciones públicas, los colegios profesionales, las universidades, los acogidos a los
distintos acuerdos de formación continua en las administraciones públicas, los de formación
ocupacional y los organizados o impartidos por las organizaciones sindicales o sus fundaciones
al amparo de convenios suscritos con la Administración General del Estado.
8.3.- Calificación.
La puntuación final será la suma de las puntuaciones adquiridas en los distintos apartados del baremo
anterior.
En caso de empate en la puntuación los criterios de desempates serán y por este orden:
1.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado A.1.1 de la Base 8.2.
2.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado A.2 de la Base 8.2.
3.º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
8.4.- Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de Selección hará pública en el
tablón de anuncios de la Entidad y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal:
http://elmvaldivia.sedelectronica.es las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación de las mismas.
8.5.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste
publicará posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con
indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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