Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06249/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Electricista, como personal laboral mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 6249/2022
2º. Mayor puntuación obtenida en el apartado A.1.2. de la Base 8.2.
3º Mayor puntuación obtenida en el apartado A.2 de la Base 8.2.
4º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
8.4.- Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de Selección hará pública en el tablón de anuncios
de la Entidad y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal: http://elmvaldivia.sedelectronica.es las
puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
8.5.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a la que le será adjudicada la plaza.
NOVENA.- Calendario
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
DÉCIMA.- Bolsa de Trabajo
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
DÉCIMO PRIMERA.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
11.1.- Conforme lo indicado en el punto 5 de la base octava, el Tribunal hará pública la relación de personas baremadas por
orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la adjudicación, en la plaza convocada, de quien
haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de carrera de un
número superior de aspirantes al de plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica de la Entidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria:
Original de los documentos aportados en fotocopia con la solicitud de participación en el proceso selectivo
Certificado médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de
trabajo.
Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría
objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad
con lo previsto en el artículo 96.1.b) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de
26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran
la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de las Administración de
quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.2.- Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2º. Mayor puntuación obtenida en el apartado A.1.2. de la Base 8.2.
3º Mayor puntuación obtenida en el apartado A.2 de la Base 8.2.
4º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
8.4.- Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de Selección hará pública en el tablón de anuncios
de la Entidad y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal: http://elmvaldivia.sedelectronica.es las
puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
8.5.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a la que le será adjudicada la plaza.
NOVENA.- Calendario
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
DÉCIMA.- Bolsa de Trabajo
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
DÉCIMO PRIMERA.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
11.1.- Conforme lo indicado en el punto 5 de la base octava, el Tribunal hará pública la relación de personas baremadas por
orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la adjudicación, en la plaza convocada, de quien
haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de carrera de un
número superior de aspirantes al de plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica de la Entidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria:
Original de los documentos aportados en fotocopia con la solicitud de participación en el proceso selectivo
Certificado médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de
trabajo.
Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría
objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad
con lo previsto en el artículo 96.1.b) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de
26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran
la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de las Administración de
quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.2.- Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
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