Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06249/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Electricista, como personal laboral mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 6249/2022
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida, como
consecuencia de la citada anulación.
DÉCIMO SEGUNDA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo, formalizarán dicha situación en el plazo
máximo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución.
Quienes no comparezcan en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus derechos a ocupar la plaza.
DÉCIMO TERCERA.- Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
DÉCIMO CUARTA.- Datos de carácter personal
La participación en el presente proceso implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de
publicación a través de su inserción en el tablón de edictos de la E.L.M. de Valdivia, en el tablón de anuncios de la sede
electrónica municipal http://elmvaldivia.sedelectronica.es, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el Diario Oficial
de Extremadura, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación serán el nombre,
apellidos y número de documento nacional de identidad o documento equivalente de los aspirantes.
De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, el número que se publique "como DNI" se corresponderá con los últimos cuatro dígitos
del Documento Nacional de Identidad, número de identidad de extranjero, Pasaporte o documento equivalente.
El Inventario de Tratamiento de Datos Personales de la Entidad Local Menor de Valdivia, aprobados por Decreto de Alcaldía
el 15 de diciembre de 2021, dado cuenta a la Junta Vecinal en sesión del 26 de enero de 2022 y publicados en el portal de
transparencia de https://elmvaldivia.sedeelectronica.es contempla:
RAT-068-R-033: SELECCIÓN DE PERSONAL
DÉCIMO QUINTA.- Incidencia, impugnación o recursos.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones
necesarias para el buen orden del proceso selectivo en aquellos aspectos no previstos en estas bases; siendo en todo caso
aplicable la normativa relacionada en la base decimoctava de la presente convocatoria, así como las demás normas de
general aplicación.
Contra los actos administrativos que se deriven de las presentes bases y de las actuaciones del Tribunal se podrán formular
impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las presentes bases que, conforme determinan los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en los artículos 8.1, 14 y 46 de la Ley 29/1988, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo y potestativamente, se podrá interponer
recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará
desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que este
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 11
Anuncio 6249/2022
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida, como
consecuencia de la citada anulación.
DÉCIMO SEGUNDA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo, formalizarán dicha situación en el plazo
máximo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución.
Quienes no comparezcan en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus derechos a ocupar la plaza.
DÉCIMO TERCERA.- Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
DÉCIMO CUARTA.- Datos de carácter personal
La participación en el presente proceso implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de
publicación a través de su inserción en el tablón de edictos de la E.L.M. de Valdivia, en el tablón de anuncios de la sede
electrónica municipal http://elmvaldivia.sedelectronica.es, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el Diario Oficial
de Extremadura, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación serán el nombre,
apellidos y número de documento nacional de identidad o documento equivalente de los aspirantes.
De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, el número que se publique "como DNI" se corresponderá con los últimos cuatro dígitos
del Documento Nacional de Identidad, número de identidad de extranjero, Pasaporte o documento equivalente.
El Inventario de Tratamiento de Datos Personales de la Entidad Local Menor de Valdivia, aprobados por Decreto de Alcaldía
el 15 de diciembre de 2021, dado cuenta a la Junta Vecinal en sesión del 26 de enero de 2022 y publicados en el portal de
transparencia de https://elmvaldivia.sedeelectronica.es contempla:
RAT-068-R-033: SELECCIÓN DE PERSONAL
DÉCIMO QUINTA.- Incidencia, impugnación o recursos.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones
necesarias para el buen orden del proceso selectivo en aquellos aspectos no previstos en estas bases; siendo en todo caso
aplicable la normativa relacionada en la base decimoctava de la presente convocatoria, así como las demás normas de
general aplicación.
Contra los actos administrativos que se deriven de las presentes bases y de las actuaciones del Tribunal se podrán formular
impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las presentes bases que, conforme determinan los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y 114.1.c) y d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en los artículos 8.1, 14 y 46 de la Ley 29/1988, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo y potestativamente, se podrá interponer
recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará
desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que este
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 8 de 11