Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05985/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización, adscrito al servicio de Guardería Rural, administración especial, por concurso
9 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Usagre

Anuncio 5985/2022

5.3. Actuación. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia del presidente/a, Secretario/a y de la mitad
de sus miembros, titulares o suplentes, previa convocatoria del Presidente/a, y estará facultado/a para
resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la oposición y adoptar los acuerdos
necesarios para el debido orden de la misma en todo lo no previsto en estas bases.
Asimismo, el Tribunal está facultado para la adecuada interpretación de las bases de la presente
convocatoria. A partir de su constitución, los Tribunales requerirán para actuar válidamente la presencia del
presidente y secretario y de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. Se extenderá por el secretario
un acta de cada una de las sesiones, la cual será leída en la siguiente sesión y hechas, en su caso, las
rectificaciones que procedan se autorizarán con la firma del secretario y el visto bueno de la Sra. Presidenta.
5.4. Los miembros de los tribunales percibirán las dietas legalmente establecidas.
5.5. Clasificación. Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría prevista en el
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
SEXTA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO.
Fase de concurso:
El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por las personas aspirantes.
Los méritos estarán referidos a la fecha de la convocatoria en el proceso selectivo.
Serán objeto de puntuación los siguientes méritos y circunstancias, conforme a las siguientes tablas:
a) Experiencia (máximo 6,00 puntos):
Por cada mes en el desempeño de puestos de trabajo en la administración pública, como funcionario o
personal laboral, en puestos, con funciones similares y análogas, de igual o superior categoría o nivel a la
plaza convocada.
0,30 puntos/mes para el puesto de funcionario.
0,20 puntos/mes para el puesto de personal laboral
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción de la jornada
realmente trabajada. En caso de no llegar al mes, se calculará la fracción en días.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Usagre no serán necesarios acreditarlos. Será el propio servicio
de Personal del Ayuntamiento quien aportará el correspondiente informe/certificado.
Cuando se trate de servicios prestados en otras Administraciones Públicas las personas participantes deberán
acreditarlos mediante el correspondiente certificado o acreditación expedida por el órgano competente en
materia de personal de la Administración de que se trate, en el que consten los periodos temporales y la
categoría profesional de los puestos desempeñados. Originales o fotocopias debidamente compulsadas.
b) Formación (máximo 4,00 puntos):
B.1 Se valorará la participación en cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas
directamente con el puesto de trabajo, impartidos por las Administraciones Públicas o por promotores
incluidos en los acuerdos nacionales de formación continua, directamente relacionados con las funciones de
la categoría convocada, según la siguiente escala:
Hasta 20 horas: 0,25 puntos.
De 21 horas a 50 horas: 0,60 puntos.
De 51 a 80 horas: 1 punto.
De 81 a 150 horas: 1,5 puntos.
De 150 a 200 horas: 2 puntos.
Más de 200 horas: 3
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del certificado
correspondiente o la copia del título debidamente compulsada. Los cursos en los que no se acredite el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 9