Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05985/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización, adscrito al servicio de Guardería Rural, administración especial, por concurso
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Ayuntamiento de Usagre

Anuncio 5985/2022

número de horas, no se baremarán. Los cursos expresados en créditos, se entenderá que un crédito equivale
a 10 horas.
No se admitirán los cursos inferiores a 15 horas.
B.2 Titulación
Postgrado o equivalente 2,00 puntos
Grado o Licenciatura 1,50 puntos
Diplomatura 1,00 puntos
Técnico Superior Formación Profesional o equivalente 0,75 puntos
Bachillerato, Técnico Grado Medio FP o equivalente 0,50 puntos
Otras titulaciones. Por estar en posesión de la Tarjeta de Identificación Profesional de Guarda Rural en
vigencia, expedida por el Ministerio del Interior_______ 1 punto.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado
Público para el acceso a los distintos grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de estas.
Las puntuaciones otorgadas por titulación no son acumulables. En caso de presentar más de una, se atenderá
a la de mayor nivel. No se valorarán aquellos méritos o circunstancias que no hayan sido acreditados
documentalmente por los/as aspirantes en el momento de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes conforme a las bases.
El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso realizada en la página web y en la
sede electrónica municipal, estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones o dirigir
reclamaciones al Tribunal.
SÉPTIMA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal propondrá el nombramiento del aspirante con
mayor puntuación.
El/la aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde el día
siguiente se publiquen las listas de aprobados los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y
requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias
que consten en su expediente personal.
La Alcaldesa deberá de nombrar funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de quince días a contar desde
la terminación del plazo anterior. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en
el plazo de un mes.
NOVENA. INCOMPATIBILIDADES.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas, y demás normativa aplicable.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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