Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05985/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de funcionario de carrera dentro del proceso de estabilización, adscrito al servicio de Guardería Rural, administración especial, por concurso
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Ayuntamiento de Usagre

Anuncio 5985/2022

- Fotocopias de los títulos exigidos en la convocatoria o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y
abonado los correspondientes derechos para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se entregará fotocopia de la credencial que acredite la homologación que corresponda.
- Documentación acreditativa de los méritos alegados para valorar en la fase de concurso. Las personas
aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de
carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la
administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro
espacio establecido a tal efecto.
- Informe de la Seguridad social
La documentación de la experiencia en la misma Administración no es necesario aportarla, se aportará de
oficio.
CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, se señalará
un plazo de diez días hábiles para subsanación. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado,
justificando el derecho a su admisión, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Los errores materiales, de hecho, o aritméticos que no conlleven la exclusión del proceso selectivo podrán
subsanarse en cualquier momento.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo máximo de 30 días desde la finalización del plazo para
presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se
entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la
lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sede electrónica municipal y en la web municipal. En esta misma
publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El
llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la web municipal, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica municipal.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Composición. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 96/1991 de 7 de junio, el Tribunal
estará compuesto por un número impar de miembros no inferior a cinco, funcionarios de carrera. De entre
ellos se nombrará un/a Presidente/a y un/a Secretario/a, con voz y sin voto.
Todos los miembros deberán poseer titulación igual o superior a las exigidas para el acceso a la plaza
convocada.
La designación de los miembros del Tribunal corresponderá a la Alcaldía-Presidencia e incluirá la de los
respectivos suplentes, a quienes será de aplicación las mismas prescripciones que a los titulares.
Dicho nombramiento se publicará en el "Boletín Oficial" de la provincia de Badajoz en el momento de la
publicación de las relaciones definitivas de personas participantes admitidas y excluidas del proceso selectivo.
5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la
Presidencia de la Corporación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, quienes participen en el
proceso podrán recusar a las personas que compongan el Tribunal cuando concurran las circunstancias
previstas en el referido artículo.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín
Oficial" de la provincia de Badajoz, si a ello hubiera lugar, los nuevos miembros del Tribunal en sustitución de
los que hubieran perdido su condición por alguna de las circunstancias previstas en esta base.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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