Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hinojosa del Valle. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06016/2022)
Bases por la que se regula la convocatoria de pruebas selectivas, por turno libre, mediante sistema de concurso de méritos, de plazas vacantes de personal laboral fijo correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Hinojosa del Valle

Anuncio 6016/2022

Los méritos se acreditarán mediante los documentos correspondientes, que habrán de ser aportados junto a la solicitud de
admisión, de conformidad con lo establecido anteriormente en la base cuarta, apartado 3 (presentación de la solicitud).
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido
ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los méritos profesionales serán valorados con una puntuación máxima de 80 puntos, y con un periodo máximo de cómputo
de servicios efectivamente prestados de 10 años hasta la fecha de publicación de las bases.
En relación a la antigüedad, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios
prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del
nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
2.1 - ANTIGÜEDAD. Hasta un máximo de 80 puntos.

Experiencia en la misma plaza

VALORACIÓN
(máximo 80
puntos)

A -Servicios prestados en el Ayuntamiento de Hinojosa del Valle como personal laboral temporal,
indefinido o funcionario interino en el cuerpo, escala, categoría o equivalente categoría
profesional de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la fecha de publicación de las bases, se
otorgarán puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa, y los períodos
menores a un mes, días se computaran proporcionalmente (se toma como referencia períodos
de un mes de 30 días).

0,75 puntos/mes

B. Servicios prestados en otras administraciones públicas o entes del sector público como
personal laboral o funcionario interino en el cuerpo, escala, categoría o equivalente profesional
de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la fecha de publicación de las bases, se otorgaran
puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada completa, y los períodos menores a un
mes se computarán proporcionalmente (se toma como referencia períodos de un mes de 30
días).

0,25 puntos/mes

Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios prestados como personal eventual ni
como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida
(servicios prestados) por el órgano competente de la Administración Pública.
2.2 - FORMACIÓN. Hasta un máximo de 20 puntos.
2.2.1- Se aplicará para el grupo A2 el siguiente baremo:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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