Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hinojosa del Valle. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06016/2022)
Bases por la que se regula la convocatoria de pruebas selectivas, por turno libre, mediante sistema de concurso de méritos, de plazas vacantes de personal laboral fijo correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Hinojosa del Valle

Anuncio 6016/2022

Formación
A. Por cada hora de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas), hasta la fecha de publicación de las bases

VALORACIÓN
(máximo 20 punto)
0,20 puntos/hora

2.2.2- Se aplicará para el Grupo C1 el siguiente baremo:

Formación
A. Por cada hora de formación. (A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas), hasta la fecha
de publicación de las bases
B. Por Titulación superior a la requerida para el puesto de trabajo

VALORACIÓN
(máximo 20 punto)
0,20 puntos/hora
10 puntos

En el aparatado A anterior se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y
acreditados hasta la fecha de publicación de las bases, cuyo contenido se encuentren
relacionado con las funciones a desarrollar en la plaza a la que se opte o cuyo contenido sea
relativo a la prevención de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia
de género, o formación de carácter transversal, y organizados, certificados e impartidos bien
por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada
(Colegio profesional, Sindicato, Cámara de Comercio, Federación, etc.) en colaboración con una
Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos al
amparo de los Planes Anuales de Formación para el empleo del personal al servicio de la
Administración Pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la
Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las
Entidades que integran la Administración Local y las Entidades de Derecho Público con
personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones
Públicas (por ejemplo, organismos autónomos).
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se valorará
una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los
cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas y/o créditos de duración.
2.3 - VALORACIÓN Y DESEMPATE. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100
puntos. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por
este orden:
1.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.A, antigüedad en Ayuntamiento de Hinojosa
del Valle ocupando la plaza objeto de la convocatoria.
2.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.B, antigüedad en cualquier otra
Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente.
3.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2. formación.
4.º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en
relación a cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información
adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
3. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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