Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hinojosa del Valle. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06016/2022)
Bases por la que se regula la convocatoria de pruebas selectivas, por turno libre, mediante sistema de concurso de méritos, de plazas vacantes de personal laboral fijo correspondientes a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Hinojosa del Valle

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e) Estar en posesión o en condiciones de obtener del título requerido para cada plaza de conformidad con lo
establecido en el Anexo II de las presentes bases, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración responsable contenida en
la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los
datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su
nombramiento la documentación acreditativa correspondiente.
CUARTA.- SOLICITUDES.
1. Tasas.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de examen por el importe que proceda, en
función de la situación que acredite la persona aspirante según la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por realización de
exámenes del Ayuntamiento de Hinojosa del Valle.
El pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
2. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de un
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
3. Presentación de la solicitud.
Formas y lugares de presentación de la solicitud: Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá presentar
en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales
indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en este apartado de la presente base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
A la solicitud de admisión, únicamente se adjuntará la documentación que a continuación se indica:
- Solicitud conforme al modelo que aparece Anexo III.
- Fotocopia del DNI.
- Liquidación de la tasa por derechos de examen, mediante el documento acreditativo de haber realizado su
abono y/o documentos para la justificación en su caso, de la exención, bonificación (título de familia
numerosa "categoría general") o situación de desempleo (informe de vida laboral).
- Los Contratos de trabajos o certificados de los servicios prestados de los méritos profesionales, y la vida
laboral actualizado a la fecha de presentación de solicitudes.
- Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso.
- Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número
uno y en el orden que se establece en el modelo de autobaremo, es decir, primero los documentos referentes
a la antigüedad y a continuación los relativos a los de formación. De esta forma el número de documento que
se indique en el modelo de autobaremo debe coincidir con el número asignado al documento que se adjunta.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en su caso, se
deberá realizar en Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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