Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06079/2022)
Bases por la que se convocan a concurso y a concurso-oposición, plazas de personal acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público del Ayuntamiento de Talavera la Real
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Talavera la Real
Anuncio 6079/2022
la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los
datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su
nombramiento la documentación acreditativa correspondiente.
TERCERA.- SOLICITUDES
1) Plazo de presentación.
El plazo para presentar la solicitud será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2) Modelo y obtención solicitud.
Se deberá presentar una solicitud para las plazas ofertadas. El modelo de solicitud, incorporado a las presentes Bases, se
presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Talavera la Real.
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta, se presentarán en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento,
en horas de oficina (9:00 a 14:00 horas). Así mismo, se podrán presentar conforme a lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Para presentar las solicitudes podrán hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
(talaveralareal.sedelectronica.es).
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará:
Solicitud conforme al modelo que aparece en el Anexo I.
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de la Titulación académica habilitante requerida para el acceso a la plaza objeto de la
convocatoria o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Informe de vida laboral actualizado a fecha de convocatoria.
Contratos de trabajo.
Otros documentos que acrediten de forma fehaciente la antigüedad profesional y experiencia laboral.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Ilma. Sra. Alcaldesa Presidenta dictará Resolución, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa de exclusión de éstos últimos, que se hará pública
en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de
Talavera la Real (www.talaveralareal.es), concediéndose un plazo de 3 días hábiles para subsanación de defectos y
reclamaciones, a partir del siguiente en la publicación del BOP.
2.- Las reclamaciones, si las hubiere serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que se aprueba la lista
definitiva de aspirantes, que se dictará y será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de
anuncios del Ayto. de Talavera la Real y en la página web del Ayto. de Talavera la Real (www.talaveralareal.es).
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las
pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos, se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
1. El Tribunal Calificador que ha de resolver la convocatoria, estará integrada por cinco miembros: Un Presidente, un
Secretario y tres Vocales, con sus respectivos suplentes, que habrán de pertenecer a cuerpos o escalas de grupos de
titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado y poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual
o superior al de los convocados. Serán designados por la Alcaldía respetando el principio de imparcialidad y tendiendo a la
paridad entre hombres y mujeres.
2. Se deberá asignar igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de
imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, si fuera posible.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los
datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su
nombramiento la documentación acreditativa correspondiente.
TERCERA.- SOLICITUDES
1) Plazo de presentación.
El plazo para presentar la solicitud será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2) Modelo y obtención solicitud.
Se deberá presentar una solicitud para las plazas ofertadas. El modelo de solicitud, incorporado a las presentes Bases, se
presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Talavera la Real.
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa Presidenta, se presentarán en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento,
en horas de oficina (9:00 a 14:00 horas). Así mismo, se podrán presentar conforme a lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Para presentar las solicitudes podrán hacerlo también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
(talaveralareal.sedelectronica.es).
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará:
Solicitud conforme al modelo que aparece en el Anexo I.
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de la Titulación académica habilitante requerida para el acceso a la plaza objeto de la
convocatoria o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Informe de vida laboral actualizado a fecha de convocatoria.
Contratos de trabajo.
Otros documentos que acrediten de forma fehaciente la antigüedad profesional y experiencia laboral.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Ilma. Sra. Alcaldesa Presidenta dictará Resolución, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa de exclusión de éstos últimos, que se hará pública
en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de
Talavera la Real (www.talaveralareal.es), concediéndose un plazo de 3 días hábiles para subsanación de defectos y
reclamaciones, a partir del siguiente en la publicación del BOP.
2.- Las reclamaciones, si las hubiere serán aceptadas o rechazadas en resolución de la Alcaldía, por la que se aprueba la lista
definitiva de aspirantes, que se dictará y será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de
anuncios del Ayto. de Talavera la Real y en la página web del Ayto. de Talavera la Real (www.talaveralareal.es).
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las
pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos, se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
1. El Tribunal Calificador que ha de resolver la convocatoria, estará integrada por cinco miembros: Un Presidente, un
Secretario y tres Vocales, con sus respectivos suplentes, que habrán de pertenecer a cuerpos o escalas de grupos de
titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado y poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual
o superior al de los convocados. Serán designados por la Alcaldía respetando el principio de imparcialidad y tendiendo a la
paridad entre hombres y mujeres.
2. Se deberá asignar igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de
imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, si fuera posible.
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