Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05951/2022)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de concurso, de una plaza de Auxiliar Administrativo como personal laboral fijo incluida en la oferta extraordinaria para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de La Coronada

Anuncio 5951/2022

cuando la complejidad del mismo proceso selectivo lo aconseje.
6.2.- Actuación del tribunal.
Para la válida constitución del órgano, a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y tomas de acuerdos, se
requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le suplan, y de la mitad,
al menos, de sus miembros, y su actuación habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad convocante,
cuando se dé alguna causa de abstención y recusación señalada en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, no podrán formar parte del tribunal los funcionarios que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen
realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación
de la correspondiente convocatoria.
En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación al Tribunal Calificador lo dispuesto para los órganos
colegiados en los artículos 15 a 18 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y, supletoriamente, el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En la sede electrónica del Ayuntamiento de La Coronada se irán insertando todos y cada uno de los acuerdos del Tribunal de
Selección y las diferentes fases y trámites del procedimiento.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
7.1.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará en un concurso de méritos.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el empleo público de las Administraciones Públicas se convocarán, con
carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas
plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de
forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
7.2.- Méritos
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en experiencia y formación, de acuerdo con los
baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a los/as aspirantes del proceso selectivo.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados en la documentación acreditativa de los mismos.
A) Experiencia
Los méritos profesionales se acreditarán con original o copia compulsada de informe de vida laboral actualizada expedido
por la Seguridad Social acompañado de originales o copias compulsadas de certificados y contratos de la Administración
contratante que identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada.
El cómputo de la experiencia se hará por cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos
inferiores por días. A estos efectos, los meses se considerarán de 30 días.
Puntuación máxima: La puntuación máxima por experiencia no podrá ser superior a 40 puntos.
A1) Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Coronada ocupando un puesto con
funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, se otorgarán se otorgarán 3,35 puntos, hasta un
máximo de 40 puntos.
A2) Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública ocupando un puesto con
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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