Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06060/2022)
Bases generales de las pruebas selectivas de estabilización de empleo por el sistema de concurso
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Ayuntamiento de Guadiana

Anuncio 6060/2022

En las solicitudes (según modelo normalizado y adjunto) para formar parte en el proceso se señalará:
Datos personales.
Convocatoria a la que concurre.
Turno por el que desean participar: a) libre o b) turno para personas con minusvalía, de acuerdo con lo establecido
en la correspondiente convocatoria.
Las personas con alguna discapacidad deberán hacer constar en su solicitud este hecho y las adaptaciones técnicas
que, en su caso, consideren necesarias para la realización de las pruebas selectivas.
Titulación alegada, como requisito de participación. Deberá indicarse la denominación completa del título académico
con el que se concurre al proceso selectivo. No serán válidas las referencias genéricas o incompletas que no
permitan identificar el título del que se trate.
Los méritos para la fase de concurso: Deberán indicarse pormenorizadamente los méritos que se alegan para su
valoración. Tan solo serán objeto de valoración los méritos que hubieran sido alegados al formular la solicitud de
participación.
5.2. Plazo de presentación.
Las convocatorias y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y las solicitudes podrán presentarse a partir
del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y hasta un plazo máximo de
20 días hábiles, a partir de dicho anuncio.
5.3. Defectos de las instancias:
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
No obstante, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015 en el supuesto de defectos en las instancias se requerirá a
la persona interesada mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Institución
convocante, para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, subsane la falta o defecto de que adolezca la instancia con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución dictada al efecto.
Sexta. Documentación a presentar junto con la solicitud.
6.1. Documentación a presentar con la solicitud.
Para ser admitido y tomar parte en el proceso selectivo será preciso presentar además de la documentación relativa a la
acreditación de la minusvalía, toda la documentación que deberá ser objeto de valoración en el concurso y además, que
bajo su responsabilidad manifiesten que a la fecha de expiración del plazo de presentación reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos para participar en el proceso. La acreditación de méritos se podrá llevar a cabo de forma telemática o
presencial.
No será necesario aportar la documentación si obra en el expediente personal del aspirante en la Institución convocante, en
cuyo caso bastará remitirse al mismo en la solicitud de participación. Corresponde a cada aspirante el análisis del contenido
de su expediente de personal y la comprobación de que en el mismo constan los documentos exigidos.
A estos efectos, se entiende por expediente de personal de la Institución convocante el expediente que poseen las personas
que hayan prestado o presten servicios en dicha Administración como personal funcionario o laboral. Por tanto, carecen de
dicho expediente aquellas personas que nunca hayan prestado servicios en la Institución convocante como personal
funcionario o laboral.
La acreditación de los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas deberá hacerse obligatoriamente
mediante la presentación de la certificación contenida en el Anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que
se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la
Administración Pública.
La acreditación de titulaciones superiores a la requerida deberá hacerse mediante copia compulsada del título
correspondiente.
La acreditación de haber superado todas o alguna de las fases de algún procedimiento selectivo para el acceso a una plaza
de las mismas características, deberá acreditarse mediante la certificación expedida por la Institución correspondiente.
La acreditación de la formación recibida o impartida deberá efectuarse en los términos establecidos en las bases específicas.
6.2. Documentación a presentar al finalizar las pruebas selectivas.
Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo presentarán, previamente a su nombramiento como personal
funcionario o laboral, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación recogidos en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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