Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06060/2022)
Bases generales de las pruebas selectivas de estabilización de empleo por el sistema de concurso
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Ayuntamiento de Guadiana

Anuncio 6060/2022

jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
No obstante, aquellas personas que hayan solicitado la valoración de la discapacidad con antelación al fin del plazo de
presentación de instancias y no haya sido aún resuelta, podrán concurrir al turno de discapacidad de manera cautelar, a la
espera de que el órgano competente les reconozca el grado de discapacidad igual o superior a 33%. En caso de que la
valoración de la discapacidad no llegue a dicho porcentaje, las personas afectadas pasarán al turno ordinario hasta la
publicación propuesta de personas seleccionadas.
4.4. Si del examen de las instancias presentadas por quienes hubieran solicitado participar en el proceso selectivo
concurriendo a las plazas reservadas a las personas con discapacidad, se concluyera que no reúnen los requisitos para ello,
las personas afectadas serán admitidas de oficio en el turno libre ordinario, siempre que reúnan los requisitos para ser
admitidas en dicho turno.
4.5. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y
mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento o contratación.
4.6. Para ser admitido y tomar parte en el proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en su solicitud que
reúnen los requisitos exigidos, salvo lo señalado en el apartado 4.3., sin perjuicio de que en la fase correspondiente del
procedimiento deberán proceder a su acreditación.
4.7. La participación en el proceso selectivo supone el consentimiento por parte de la persona aspirante del tratamiento de
sus datos de carácter personal recogidos en la instancia y referidos a nombre y apellidos, DNI y nivel de formación, para su
publicación en Boletines, Tablones de Anuncios, página web y en general cualquier medio que se utilice para la
comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo así como para la verificación, por parte del
organismo competente, de la acreditación del nivel de conocimientos, titulaciones, y, en general, de aquellos datos que sean
necesarios para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes al proceso selectivo por parte del
propio Tribunal, organismo o empresa a quien, en su caso, el Tribunal así lo encargue.
Los procesos selectivos objeto de las presentes Bases están regidos por el principio de publicidad por lo que no se admitirá
la solicitud si la persona aspirante no consiente la cesión de sus datos con el contenido y para los fines indicados en el
párrafo anterior.
Las personas aspirantes deberán indicar en su instancia si se oponen a la cesión a otras entidades del sector público sus
datos relativos a: Nombre y Apellidos, DNI, domicilio, teléfono de contacto y nivel de formación, única y exclusivamente, para
que por éstas les puedan ser realizadas ofertas de empleo en los términos legalmente previstos, considerándose, de no
constar expresamente su oposición, que prestan su consentimiento a ello.
Los datos facilitados por las personas aspirantes se tratarán con el fin de gestionar los procedimientos de selección de
funcionarios y personal laboral fijo. El responsable del tratamiento es la Institución convocante y la persona interesada tiene
derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y a la limitación u oposición a su tratamiento, así como a la
portabilidad de sus datos, enviando un escrito a la Institución convocante.
Quinta. Presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
5.1. Solicitud de participación.
5.1.1. Las personas interesadas que deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán presentar la solicitud de
participación, así como, en su caso, los documentos a los que hace referencia la base 4.3, de alguna de las dos maneras
siguientes:
- De forma telemática. Estas solicitudes se presentarán por el procedimiento electrónico establecido en la web
de la Institución convocante.
- De forma física (en formato papel). Estas solicitudes deberán presentarse en el registro general de la
Institución convocante. Podrán también presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
5.1.2. La solicitud instando tomar parte en el proceso selectivo, debidamente cumplimentada, se dirigirá a la Presidencia de
la Institución convocante, en el modelo que se adjunta a las presentes bases. No sera admitido otro modelo de solicitud.
Los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 4.ª a la fecha de
expiración del plazo de presentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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