Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios La Serena (Castuera). Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05906/2022)
Convocatoria y bases de selección mediante la modalidad de concurso dentro del proceso de estabilización de la Mancomunidad de Municipios de La Serena para las diferentes plazas que se incluyen en la misma
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Mancomunidad de Municipios La Serena

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b) Los servicios prestados en la Mancomunidad de Municipios la Serena:
No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la
presente Base, siendo éstos aportados de oficio por la propia entidad.
c) Los serviciosprestados en otrasAdministraciones Públicas:
La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el
grupode clasificación y porcentaje de duración de la jornada.
8.6.- ALEGACIONES A LAS PUNTUACIONES OTORGADASPOR EL TRIBUNAL
Unavez baremado los méritos correspondientes al Concurso, el Tribunal de selección publicará en la Sede Electrónica un
anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será decincodías naturales a partirdel día
siguiente a la publicación en Sede Electrónica delas mismas.
8.7.- LISTA DEFINITIVA DE PERSONAL SELECCIONADO.
Convocado, en su caso, el TribunalCalificador para resolverlas alegaciones a las puntuaciones, éste publicará posteriormente
en la Sede Electrónica, la resolución delasalegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la
puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Corporación.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenidomayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenidade mayor a menor.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se publican en
la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos enla convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitosexigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuiciode la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sussolicitudes de
participación.
Presentada la documentación exigiday superado el examen médicopreceptivo, se procederáa la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que quince días. El periodode
prueba será de tres meses. Superadoeste periodo se culmina el proceso y el o latrabajadora adquirirá la condición de
empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda,en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberáinformarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entregade una copia
básica de los contratoscelebrados.
El presente Procedimiento Selectivo no contempla en ningún caso, la Constitución de Bolsas de Empleo en cada una de las
plazas objeto de convocatoria.
NOVENA. ADJUDICACION DE DESTINOS
Una vez finalizado el Proceso Selectivo por los diferentes aspirantes que lo hubieran superado, se ocuparán y proveerán los
diferentes puestos objeto de la convocatoria de acuerdo a lo siguiente:
1º.- En el supuesto de que los procedimientos selectivos para cada una de las plazas objeto de la presente
convocatoria finalicen resultando seleccionados aspirantes que actualmente vengan desempeñando sus
funciones en la Mancomunidad de Municipios de la Serena, los aspirantes que resulten seleccionados se
adscribirán obligatoriamente por la Presidencia de la Mancomunidad a aquel puesto de trabajo y centro de
trabajo que viniera desempeñando hasta el momento de presentar su solicitud en el presente Proceso
Selectivo, sin posibilidad de elección ninguna de cualquier otro puesto o centro de trabajo que no le
correspondiera conforme a lo anterior.
2º. En el supuesto de que los procedimientos selectivos para cada una de las plazas objeto de la presente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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