Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05983/2022)
Bases de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico Medio de Prevención de Riegos Laborales de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Mérida (OEP 2019)
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Recursos Humanos

Anuncio 5983/2022

fuerza mayor acaecidos el mismo día de la celebración, debiendo el Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido
en consecuencia del procedimiento selectivo.
2. Fase de concurso: 40%.
Con carácter previo a la fase de oposición, se procederá a la ejecución y valoración de la fase de concurso conforme a lo
establecido en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos
a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los
méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
A.1.1. Antigüedad en administraciones públicas:
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Mérida en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,08 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del a la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,025 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 6 puntos.
a) No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante
contrato administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
b) No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días
naturales.
c) No se computarán los servicios realizados mediante contratos sujetos a la ley de contratos
del sector público, ni aquellos que correspondan o se encuentren en régimen de colaboración
social, los períodos de prácticas formativas ni de las becas de colaboración o de formación.
A.1.2. Experiencia:
En el sector público:
a) Por cada mes de trabajo, ocupando la plaza objeto de la convocatoria, desempeñando las
funciones asignadas al mismo y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
La puntuación máxima por experiencia no podrá ser superior a 2 puntos.
Al objeto de valorar y constatar el tiempo trabajado relativo a los criterios de Antigüedad y
experiencia, se deberá adjuntar certificado emitido por las Secretarías Generales
correspondientes, u órgano que le sustituya.
A.1.3. Formación y conocimientos:
a) Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidas y acreditados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias a la de la plaza al que se pretende acceder, y hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Mérida, el Instituto Nacional
de Administración Pública, otras administraciones, entidades públicas o Instituciones públicas,
organizaciones sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua
de Administraciones Públicas, así como los cursos impartidos por los diferentes Colegios
Profesionales.
b) En cualquier caso y para esta convocatoria, además se considerará formación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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