Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05914/2022)
Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir varias plazas mediante el sistema de concurso-oposición para el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 5914/2022

— Para acceso, como funcionario o personal laboral en cualquier modalidad de contratación
con nivel licenciatura o diplomatura: 37,76 euros.
— Para acceso, como funcionario o personal laboral en cualquier modalidad de contratación
con nivel de titulación de Bachiller Superior o equivalente: 22,66 €.
— Para acceso, como funcionario o personal laboral en cualquier modalidad de contratación
con nivel de titulación de Graduado Escolar, Certificado de Escolaridad,agrupaciones
profesionales o equivalente o sin titulación exigible: 15,13 euros.
8.2.- Las bonificaciones y exenciones en la tasa, así como las condiciones para obtener la misma y la
documentación a presentar, constan en dicha Ordenanza, accesible en la sede electrónica municipal (y el BOP
antes citado).
8.3.- Además de las establecidas en dicha ordenanza, se establecen las siguientes exenciones y bonificaciones
por mandato legal:
— En virtud del artículo 12.2.a) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de familia
numerosa, se establece una exención del 100 por ciento a los miembros de las familias
numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación del 50 por ciento para los de
categoría general de las tasas, debiendo acreditarse mediante certificado o fotocopia del carné
vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente tal condición.
— Están exentas, de acuerdo con la disposición adicional 4.ª de la Ley 29/2011, de 22 de
septiembre, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo, las personas
que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de hecho, así como sus
hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima
y, en su caso, el parentesco.
8.4.- Las exenciones y bonificaciones deberán ser solicitadas por la persona aspirante, indicándolo en su
solicitud y acompañando a la misma la documentación requerida en cada caso.
8.5.- No procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso
selectivo por causa imputable al interesado.
9.- Admisión de aspirantes.
9.1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente del Ayuntamiento dictará
resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, la
cual se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento https://campanario.sedelectronica.es/info. a efectos de subsanación y presentación de cuantas
reclamaciones se estimen oportunas, y todo ello dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a aquel en que sea publicada dicha lista provisional en el citado Boletín.
9.2.- Los siguientes defectos no serán subsanables, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud de
participación, al plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales:
— Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después del plazo
correspondiente.
— La falta de pago de los derechos de examen o el pago parcial de los mismos.
— Alegar en la solicitud de participación estar exentos del pago de la tasa por derechos de
examen o tener derecho a bonificación, pero sin cumplir los requisitos para su disfrute Y ello se
entenderá sin perjuicio de la responsabilidad en la que pueda incurrir el interesado por
falsedad en su solicitud.
9.3.- Las listas provisionales se entenderán automáticamente elevadas a definitivas si no se presentaran
reclamaciones o las subsanaciones requeridas. Si las hubiere, serán estimadas o desestimadas en una nueva
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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