Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 5855/2022

- Tanto la información que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos de las
líneas fundamentales del Presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación en
términos SEC como el estado de previsión de movimientos y situación de la deuda corresponde
al Servicio responsable de la elaboración y seguimiento del presupuesto. Elaboradas las
mismas serán remitidas a Intervención, con tiempo suficiente para su estudio y para su
remisión al Ministerio de manera telemática previa resolución por parte del Diputado de
Hacienda que aprobará las mismas conforme a los informes del Área y de la propia
Intervención.
- El informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla del gasto y
del límite de deuda, corresponde a la Intervención.
c) En relación a los Presupuestos:
- La información correspondiente a los presupuestos aprobados, inversiones previstas a
realizar durante el ejercicio y en los tres siguientes, con su propuesta de financiación, el
presupuesto prorrogado en su caso, la información que permita relacionar el saldo resultante
de los ingresos y gastos del Presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación en
términos SEC y los estados de previsión de movimiento y situación de la deuda, corresponde al
Servicio responsable de la elaboración y seguimiento del presupuesto. No obstante, con
carácter previo, y como máximo el día 31 de agosto del ejercicio anterior, desde la Intervención
se elaborará una estimación que, con base a lo previsto a fin de ejercicio, supondrá el límite de
gasto para el ejercicio siguiente.
- El informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla del gasto y
del límite de deuda, corresponde a la Intervención.
- La información relativa a personal recogida en el artículo 7 de la Orden HAP/2105/2012,
corresponde al Área de RRHH y Régimen Interior.
d) El presupuesto liquidado de las obligaciones frente a terceros, vencidas, líquidas, exigibles no imputadas a
presupuesto, la información que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del
Presupuesto liquidado con la capacidad o necesidad de financiación en términos SEC, el informe de
evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla del gasto y del límite de la
deuda corresponde a la Intervención.
e) La situación a 31 de diciembre del ejercicio anterior de la deuda viva, incluidos los cuadros de amortización,
corresponde al Servicio responsable de la elaboración y seguimiento del presupuesto.
f) En relación a la remisión de las obligaciones trimestrales o mensuales:
- La actualización de los presupuestos en ejecución, incorporadas las modificaciones
presupuestarias ya tramitadas y/o las previstas a tramitar hasta final de año, un resumen del
estado de ejecución del presupuesto acumulado a final de cada trimestre, de los ingresos y
gastos del presupuesto, y de sus estados complementarios, con indicación de los derechos
recaudados del ejercicio corriente y de los ejercicios cerrados y las desviaciones respecto a las
previsiones, la situación de los compromisos de gastos plurianuales y la ejecución del anexo de
inversiones y su financiación, corresponde al Servicio responsable de la elaboración y
seguimiento del presupuesto.
- Las obligaciones frente a terceros, vencidas, líquidas exigibles, no imputadas a presupuesto, la
información que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto
con la capacidad o necesidad de financiación en términos SEC, la actualización del informe de
cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla del gasto y del límite de
deuda, corresponde a la Intervención.
- El informe trimestral, regulado en el artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio de modificación
de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la
morosidad en las operaciones comerciales, el Plan de tesorería y sus actualizaciones,
corresponde a la Tesorería. Su elaboración, corresponderá a la Tesorería Provincial conforme al
artículo 5.1.e del RD 128/2018. La comunicación a la Intervención desde la Tesorería Provincial,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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