Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 5855/2022

diferentes a los contemplados en la LPGE vigente, siendo de aplicación la nueva Ley de Presupuestos, cuya adaptación en su
caso, se realizará mediante la modificación de la base actual.
En las contrataciones laborales justificadas en realizaciones de programas, será necesario la creación del proyecto de gasto
contable correspondiente para su correcta gestión y control.
Base 35ª. Trabajos Extraordinarios del Personal.
Son trabajos extraordinarios, los realizados por cualquier trabajador/a del sector público provincial fuera de la jornada
habitual. Una vez autorizados, deberán compensarse preferentemente con tiempo libre y sólo excepcionalmente serán
retribuidos económicamente según convenio, atendiendo a lo dispuesto en los Acuerdos Reguladores de las Condiciones de
Trabajo del Personal Funcionario y en el artículo 23 del Convenio Colectivo del Personal Laboral o en las Instrucciones que a
tal efecto puedan ser aprobadas. Las gratificaciones, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su
devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo.
Corresponde al Pleno de la Corporación consignar en el presupuesto la cantidad global destinada a la asignación de
gratificaciones a los empleados, y al Diputado Delegado de Recursos Humanos y Régimen Interior, por delegación, la
asignación individual cuando proceda compensarse retributivamente, de acuerdo al procedimiento determinado en las
Instrucciones dictadas al efecto.
Sólo en el caso de retribución económica, el expediente se remitirá a la Intervención para su control, no se incluirá en
nómina hasta que conste la fiscalización de conformidad o se tramite y resuelva el correspondiente reparo, conforme el
RCISPP. La fiscalización se realizará de manera acumulada una vez autorizada y propuesta la disposición del gasto (fase AD).
Una vez aprobada la cantidad general por el Pleno de la Diputación, el procedimiento para su tramitación responderá a lo
establecido en la correspondiente Instrucción y Circular del Área de Recursos Humanos.
Base 36ª. Productividad.
Conforme a lo establecido en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la LPGE 2018 y el RD 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el
régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, la Diputación podrá retribuir al personal que
presta servicio en esta Corporación por el especial rendimiento de la actividad extraordinaria y el interés e iniciativa con que
el funcionario desempeña su trabajo.
La cuantía general de dichas productividades deberá ser aprobada por el Pleno, y quedar reflejadas en el Presupuesto de la
Entidad, o Entidades donde se apliquen, sin que en ningún caso supere los límites a los que ser refiere el artículo 7 del RD
861/1986, de 25 de abril. Los criterios objetivos podrán determinarse en un único o en diferentes acuerdos, en función de
las características propias de los puestos sobre los que se regule. Cualquier modificación al alza de las productividades
inicialmente previstas en su cómputo global, que conlleve modificación de crédito requerirá acuerdo de Pleno, al que se
acompañará los informes preceptivos de recursos humanos, que determinen el cumplimiento de los límites al que se refiere
el artículo 7 del RD 861/1986 con el incremento pretendido. Así, si es necesario modificación de créditos, la propuesta de
aprobación del expediente, contendrá un apartado específico de aprobación del incremento de productividad. En caso
contrario, será necesario en todo caso aprobar la propuesta en el Pleno.
Las cuantías concretas que se asignen a los trabajadores, se realizará por decreto del Diputado Delegado con competencias
en materia de Recursos Humanos, con el alcance de la delegación atribuida y en su caso por el Diputado con delegación
genérica donde se encuadre en la Entidad Matriz, sus OO.AA., o Consorcios.
Una vez aprobada la cantidad general por el Pleno de la Diputación, el procedimiento para su tramitación responderá a lo
establecido en la correspondiente Instrucción y Circular del Área de Recursos Humanos.
No se podrán tramitar de manera ordinaria la autorización de productividades que correspondan al ejercicio anterior, salvo
que se refieran a trabajos que motiven las mismas del mes de diciembre, en cuyo caso, se podrán remitir a Intervención con
la documentación necesaria, hasta el 31 de enero del año siguiente. La existencia de propuestas de liquidaciones de
productividades no autorizadas y tramitadas en el ejercicio que las origina, se reconocerán mediante expediente de
reconocimiento extrajudicial de créditos.
En los supuestos de autorizaciones de productividad con posterioridad a la realización de los trabajos de superior categoría
que motiva la misma, o en los supuestos de liquidación de productividades otorgadas sin fiscalización previa, se estará a lo
contemplado en el Reglamento de Control Interno del Sector Público Provincial, y al procedimiento, y en su caso, a lo que se
determine en la Instrucción que al efecto de regular los procedimientos de gratificaciones y productividades, se pueda
realizar por el Área de Recursos Humanos.
Base 37ª. Indemnizaciones por razones de servicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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