Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda

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4) Al no existir normativa específica que determine qué conceptos deben introducirse en la plantilla presupuestaria, y sin
perjuicio de un desarrollo posterior en instrucción u otra normativa interna, se establecen los siguientes criterios a tal
efecto:

Formarán parte de la plantilla presupuestaria:

No formarán parte de la plantilla:

a) Sueldo base

a) Importe de contrataciones temporales

b) Trienios

b) Gratificaciones

c)Complemento de destino

c) Productividades

d) Complemento específico

d) Gastos sociales y de formación

e) Complementos personales transitorios

e) Seguros

f) Carrera profesional

f) Planes de pensiones

g) Seguridad Social de los anteriores conceptos

g) Seguridad social de los anteriores conceptos

5) La aprobación de la plantilla, y de la relación de puestos de trabajo por el Pleno supone la aprobación y el compromiso del
gasto dimanante de las retribuciones básicas y complementarias de los empleados públicos existentes y la retención de
crédito de las plazas recogidas en la oferta de empleo público.
El nombramiento de funcionarios o la contratación de personal laboral, en su caso, originará la tramitación de sucesivos
documentos "AD", por importe igual al de las nóminas que se prevean satisfacer en el ejercicio, incluyendo las de
contrataciones por programas.
Las cuotas por Seguridad Social, originarán al comienzo del ejercicio la tramitación de un documento "AD" por importe igual
a las cotizaciones previstas. Las posibles variaciones originaran documentos complementarios o inversos de aquel.
Por el resto de los gastos del capítulo I del Presupuesto, si son obligatorios y conocidos, se tramitará al comienzo del
ejercicio documento "AD". Si fueran variables, se gestionarán de acuerdo con las normas generales.
En ningún caso se realizará AD por conceptos de gratificaciones, productividades, retribuciones variables o sobre créditos
que correspondan a personal que no están recogido en plantilla en el momento de aprobación de presupuesto.
Cualquier procedimiento de gestión de gastos de personal, ya sean de carácter fijo o variable, deberá contar con la
pertinente fiscalización o intervención previa en los supuestos previstos en el RCISPP.
La tramitación de las nóminas mensuales, cuando el aplicativo lo permita, se realizará mediante la correspondiente
automatización informática, de tal modo que se practicarán las operaciones previas por parte del Área de Recursos
Humanos, las cuales serán fiscalizadas por la Intervención Provincial, generándose en caso de fiscalización favorable, la
correspondiente operación presupuestaria definitiva, una vez remitido el fichero correspondiente desde el Área de Recursos
Humanos.
Todas las operaciones contables previas a las que se refiere esta base, serán realizadas por el Área de Recursos Humanos,
que será la encargada de realizar el seguimiento, anulando los "AD" y los "RC" de las bajas temporales o cambios de
organización.
Lo anterior sin perjuicio del desarrollo de la instrucción o circular sobre la tramitación de gastos de personal, existente a tal
efecto.
6) Los abonos indebidos en nómina generados por actos administrativos con efectos retroactivos o producidos una vez
cerrado el cálculo de la misma del mes correspondiente serán regularizados en nóminas posteriores de forma automática,
sin necesidad de acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro. De igual forma, en el caso de errores materiales,
aritméticos o de hecho se seguirá este procedimiento.
Las nóminas con importe líquido negativo que surjan conforme a lo indicado anteriormente en los expedientes ordinarios
mensuales o extraordinarios (pagas extras) serán aplicadas al concepto no presupuestario 10999 "Transferencias Indebidas"
y serán compensadas con descuentos en nóminas futuras del empleado/a aplicando el ingreso a dicho concepto.
En caso de imposibilidad de aplicación del procedimiento indicado en el párrafo anterior por causa justificada como la baja
definitiva del empleado/a (por jubilación, fallecimiento, etc.), el Diputado/a competente en materia de Recursos Humanos
emitirá resolución declarando la procedencia del reintegro con los datos del mismo y la comunicará a la Tesorería de la
entidad en aras a la realización material del ingreso, previa la notificación al deudor, con indicación de los plazos de
ingresos, recursos y demás trámites que procedan.
7) Los embargos en nómina acordados por otras Administraciones Públicas o Poderes del Estado con competencia territorial
en la provincia serán inmediatamente ejecutivos una vez recibida la notificación en el departamento de nóminas, con las
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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