Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05846/2022)
Convocatoria para la provisión de tres puestos de trabajo de diversas categorías para el Ayuntamiento de Lobón, como personal laboral fijo mediante concurso, incluidos en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Lobón

Anuncio 5846/2022

- Secretario/a con voz y voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y de la Secretaría, o
de quienes, en su caso las sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes. En ausencia del/a Presidente/a, lo/a
sustituirá el/a vocal, presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, para aquellos
aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
8.1.- Desarrollo.
Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará el respectivo Tribunal de
Selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios prestados como personal
contratado laboral en la categoría de plaza a la que opta.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en la administración convocante será aportado de oficio por el propio
Ayuntamiento y referido siempre a la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras administraciones públicas habrá de ser aportado durante el
tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.
8.2.- Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de
posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria
profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar
se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios prestados como personal
funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación
temporal o situación equivalente de temporalidad.
Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: Se valorará la asistencia a aquellos cursos cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de los cuerpos, escalas y especialidades de la administración a los que
se pretende acceder y que reúnan las siguientes características:
- Se valorarán los cursos y actividades formativas (cursos de perfeccionamientos, masters, congresos,
impartición de cursos de formación, tutorías impartidas y jornadas), acreditados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo al que se quiera optar realizados por
organismos o centros públicos o privados homologados oficialmente.
Méritos que se computan (máximo 10 puntos):
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los
méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1) Antigüedad:
A) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Lobón, ocupando el puesto objeto de la convocatoria
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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