Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05766/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de dos plazas de Auxiliar de Radio Comarca de Barros acogidas al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5766/2022

Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. Tampoco se valorarán los servicios prestados como personal eventual
ni como personal directivo profesional. En ningún caso se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados
7.ª.3.- Otros méritos: Este apartado tendrá una valoración máxima de 1 punto, serán valorados los siguientes
méritos atendido al baremo que se establece:
a). Por formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos y acciones de formación, siempre que estén
orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea
acceder, que se hayan recibidos o impartidos por el INAP, las escuela de formación pública de las
comunidades autónomas, diputaciones, ayuntamientos o mancomunidades, por la universidad,
organizaciones sindicales, colegios profesionales o institución pública de carácter reconocido.
También se consideraran los recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional, siempre que
estén acreditados por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad homologada por cualquier
Administración Pública a nivel nacional y estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o
en la categoría profesional a la que se desea acceder,
Por cada 10 horas de formación (que se consideran un crédito) se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de
1 punto.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de mayor duración.
Cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por
día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
La formación recibida se justificará con el correspondiente certificado o diploma, en el que conste la firma del
Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la entidad que lo imparte con mención
expresa al contenido y duración del mismo expresada en horas o días.
La formación impartida se justificará con el certificado del Secretario de la Administración, entidad u
organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del curso y su duración
expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido en el seno de una prestación de
servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia profesional.
El Órgano de Selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier documentación
complementaria.
b). Memoria funcional: Para delimitar los conocimientos profesionales y formativos aplicados al puesto de
trabajo convocado. Tendrá una valoración máxima de 1 punto.
b).1.- Presentación de la memoria. La personas interesadas deberán elaborar y presentar, junto con la
solicitud de participación en el proceso, una memoria consistente en una propuesta de mejora de las
funciones y tareas del puesto correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria y de los requisitos,
condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La memoria que tendrá una extensión mínima de 4 y máxima de 10 folios mecanografiados a doble espacio y
a doble cara.
b).2.- Defensa de la memoria. Para permitir al Tribunal de Selección verificar la adecuación formación,
perfeccionamiento y reciclado para el desempeño adecuado de la plaza objeto de la convocatoria
La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos, pudiendo el Tribunal de Selección pedir
las aclaraciones o realizar las preguntas que se estime necesario en relación con su contenido.
A tal efecto, el tribunal, una vez examinada la memoria, señalará el día y hora de la lectura y defensa de la
memoria presentada, con una antelación de, al menos, 5 días hábiles a su comienzo.
b).3.- Valoración de la memoria y su defensa. Se establecen los siguientes criterios de corrección: Formato y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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