Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05766/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de dos plazas de Auxiliar de Radio Comarca de Barros acogidas al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5766/2022

técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de
determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante
carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por
el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
6.ª.3.- Transparencia y publicación de anuncios: Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los
anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria así como los acuerdos del Tribunal de Selección y sus
diferentes fases y trámites se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, en el
tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
Séptima.- Procedimiento de selección.
7.ª.1.- Dadas las características del proceso de estabilización previsto por el artículo 2 y las disposiciones
adicionales 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se realizará a través del sistema de concurso de
méritos
Consistirá en la calificación, por parte del Tribunal, de los méritos alegados y debidamente acreditados por los
aspirantes junto con su instancia, referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
No obstante, el tribunal podrá requerir a los aspirantes la subsanación de algún mérito siempre que lo haya
alegado en su solicitud.
Respecto a los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo
largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este
Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la
que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Además de la experiencia profesional, se valorara la formación y una memoria funcional, de acuerdo con los
baremos que figuran a continuación y que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
7.ª.2.- Experiencia profesional. Este apartado tendrá una valoración máxima de 8 puntos, se valorarán los
servicios efectivos prestados atendiendo al siguiente baremo:
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Almendralejo, como personal funcionario interino,
personal laboral temporal o personal indefinido no fijo ocupando el puesto vinculado a la plaza objeto de la
convocatoria de estabilización de empleo temporal: 0,12 puntos por mes completo.
b) Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Almendralejo, como personal funcionario interino en plaza
de igual denominación a las que se convoca y del mismo grupo y subgrupo o como personal laboral temporal
o personal indefinido no fijo en la misma categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de
empleo temporal: 0,06 puntos por mes.
c) Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, como personal funcionario interino en plaza de
igual denominación a las que se convocas y del mismo grupo y subgrupo o como personal laboral temporal o
personal indefinido no fijo en la misma categoría de la plaza objeto de la convocatoria de estabilización de
empleo temporal: 0,03 puntos por mes.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido de oficio por el Negociado de Personal, que lo remitirá al Tribunal de Selección y
al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad acompañados de vida laboral actualizada, debiendo constar la siguiente información:
puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha
de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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