Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. (05761/2022)
Convocatoria excepcional del proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

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Experiencia en plazas de igual denominación

Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros
puntos/mes

Otra Administración
Pública puntos/mes

Servicios prestados desde 01/01/2020, a la fecha de último
día de plazo de presentación de instancias a la convocatoria.

0,90

0,54

Servicios prestados desde 01/01/2016 hasta 31/12/2019

0,67

0,27

Servicios prestados desde 01/01/2013 hasta 31/12/2015

0,43

0,09

Tienen la consideración de administraciones públicas a los efectos de esta convocatoria: La Administración General del
Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las entidades que integran la Administración Local y las
Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las
administraciones públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las empresas públicas se rigen por el derecho privado por
lo que no tienen la consideración de Administración Pública a estos efectos.
Los periodos inferiores a un mes no se computaran.
Los contratos a tiempo parcial, se computarán proporcionalmente al porcentaje de jornada desempeñado, salvo aquellos
que se estabilizan a tiempo parcial (Escuela de Música) en los que se computará cada mes completo de servicio, con
independencia de la jornada y también salvo que el permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la
maternidad, en cuyo caso, se computarán incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar
si se hubiera mantenido sin reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en
excedencia de ningún tipo, salvo las contempladas en el artículo 89.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre
(excedencia por cuidado de hijos y excedencia por cuidado de familiar), ni en servicios especiales.
La experiencia habrá de justificarse con un informe de vida laboral completo, emitido por la Tesorería General de la
Seguridad Social y con un certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente en la Administración donde
se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y el porcentaje de duración de la
jornada.
En ningún caso podrán ser computados servicios prestados en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles
o sometidos al derecho administrativo, ni servicios prestados como personal eventual ni como personal directivo
profesional.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
2. Meritos académicos (máximo de 20 puntos).
2.1. Formación y perfeccionamiento (máximo de 15 puntos).
Se valorarán en este apartado, los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al
que se pretende acceder, o materias trasversales validas para cualquier empleo público. A estos efectos se considera
materia transversal: Prevención de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, lengua
de signos española, técnicas de comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública,
protección de datos, idiomas, informática, procedimiento administrativo, calidad de los servicios, digitalización en la
administración electrónica y los permisos de conducción y a excepción de los que hayan formado parte de la titulación
requerida para el acceso (por ejemplo, permisos de conducción en plazas de Conductor), conforme a la siguiente escala:

De 2 a 5 horas o en su defecto, duración de 1 días:

0,40 puntos

De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 2 días:

0,50 puntos

De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 3 días:

0,60 puntos

De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 4 a 5 días:

0,70 puntos

De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días:

0,80 puntos

De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días:

0,90 puntos

De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días:

1 punto

De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días:

1,5 puntos

Permiso de Conducción tipo B:

1,5 puntos

Permiso de Conducción B+C1:

2 puntos

De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días:

2 puntos

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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