Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. (05775/2022)
Bases para la selección mediante concurso de plazas de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público del Ayuntamiento de Berlanga
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Ayuntamiento de Berlanga

Anuncio 5775/2022

Formación

Valoración (máximo 4 punto)

Por cada 10:00 horas de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10:00 horas)

0,10 puntos

Se valorarán los cursos y jornadas recibidos y acreditados hasta la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en la plaza a la que se opte bien por
una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato,
Cámara de Comercio, Federación, etc.) en colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos
organizados por los sindicatos al amparo de los Planes Anuales de Formación para el empleo del personal al servicio de la
Administración Pública.
Tienen la consideración de administraciones públicas a los efectos de esta convocatoria: La Administración General del
Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la Administración Local y las
entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las
administraciones públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las empresas públicas se rigen por el derecho privado por
lo que no tienen la consideración de Administración Pública a estos efectos.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados en el anexo II aportados junto a la instancia (anexo I), así como la documentación acreditativa de los
mismos de acuerdo con la base tercera.
La justificación del apartado de formación será mediante copia del título, diploma o certificado de la realización del mismo,
en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado alguno de
estos extremos no podrá computarse.
En todo caso se valorará una sola vez los cursos que tengan un mismo contenido o similar, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
En el supuesto de que se produzca empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por
este orden:
1.ª.- Mayor puntuación obtenida en el apartado A del criterio de méritos profesionales.
2.ª.- Mayor puntuación obtenida en el apartado B del criterio de méritos profesionales.
3.ª.- Mayor puntuación en el criterio de méritos académicos (formación).
4.ª.- Si aún persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en el concurso. La puntuación de todos los méritos será de
máximo 10 puntos.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará pública en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Berlanga, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes de cada plaza.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas en la sede electrónica.
La no presentación en el anexo II con la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes (anexo I), así como la documentación acreditativa de los mismos, supondrá la no valoración al aspirante de los
mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación obtenidas en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando
aquellos/as propuestos para la cobertura de cada plaza.
La persona aspirante propuesta acreditará ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratados o nombrados, quedando
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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