Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (05873/2022)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de concurso, de plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 5873/2022

hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas análogas en los cinco años anteriores a la
publicación de la presente convocatoria.
5.5. Los tribunales ostentarán la categoría que corresponda al grupo/subgrupo correspondiente a cada plaza, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Sexta. Sistema de selección.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el sistema de selección de los aspirantes será el
concurso, valorándose en el mismo exclusivamente los siguientes méritos:
a) Experiencia laboral (máximo 6 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena en plazas
iguales a las que constituyen el objeto de la presente convocatoria durante los últimos 15 años anteriores a la
fecha de aprobación de las presentes bases: 0,04 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena en otras plazas
diferentes a las que constituyen el objeto de la presente convocatoria durante los últimos 15 años anteriores
a la fecha de aprobación de las presentes bases: 0,02 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra administración pública en plazas
pertenecientes a los mismos cuerpos, escalas y categorías que las plazas que constituyen el objeto de la
presente convocatoria: 0,02 puntos, hasta un máximo de 1 punto.
A efectos de las presentes bases, los meses se considerarán de 30 días.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la completa se computarán de
forma proporcional.
Los servicios prestados se justificarán mediante documento expedido por la administración pública
correspondiente, a excepción de los prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, en que se
realizará de oficio.
b) Formación (máximo 4 puntos).
Por cursos, másteres, congresos y jornadas organizados por entidades públicas, colegios profesionales y
organizaciones sindicales, directamente relacionados con las funciones de las plazas objeto de la presente
convocatoria (incluidos los relacionados con las materias de igualdad, nuevas tecnologías y prevención de
riesgos laborales): 0,10 puntos por cada crédito o 10 horas de formación, tanto impartida como recibida,
hasta un máximo de 4 puntos.
La formación se justificará mediante certificación de la entidad organizadora o copia compulsada del diploma
de asistencia.
La fecha de referencia para el cómputo de los méritos alegados por los aspirantes será la de la aprobación de las presentes
bases.
Séptima. Relación de aprobados.
La puntuación alcanzada por cada aspirante determinará el orden de la clasificación definitiva.
En los supuestos de puntuaciones iguales, los empates se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: En
primer lugar, por la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de Villanueva
de la Serena; en segundo lugar, por la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en cualquier
otra administración pública; y en tercer lugar, por la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación. De persistir el
empate, se resolverá por sorteo.
Terminada la valoración de los méritos de los aspirantes, los respectivos tribunales publicarán un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados y lo elevarán al señor Alcalde-Presidente formulando la correspondiente propuesta de
nombramiento como personal funcionario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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