Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (05881/2022)
Bases para la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de concurso-oposición, de plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Sexta. Actuación de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio de que consta la fase de oposición en llamamiento único,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por los respectivos tribunales con absoluta libertad de
criterio.
La no presentación de un aspirante al indicado ejercicio en el momento de ser llamado determinará automáticamente el
decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, todos los anuncios sucesivos relacionados con el proceso selectivo se harán
públicos el tablón de edictos de la casa consistorial y en la página web del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Séptima. Sistema de selección.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, el sistema de selección de los aspirantes será el concurso-oposición.
7.1. Fase de oposición.
La fase de oposición, que no tendrá carácter eliminatorio y se realizará previamente a la fase de concurso,
constará de los ejercicios establecidos en el anexo III de estas bases.
La calificación de la fase de oposición no podrá exceder de quince (15) puntos.
7.2. Fase de concurso.
Los tribunales examinarán los méritos de los aspirantes, presentados y debidamente justificados a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, y los calificarán con arreglo al siguiente baremo:
a) Experiencia laboral (máximo 6 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena en plazas iguales a las que constituyen el objeto de la
presente convocatoria durante los últimos 15 años anteriores a la fecha de
aprobación de las presentes bases: 0,04 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena en otras plazas diferentes a las que constituyen el objeto
de la presente convocatoria durante los últimos 15 años anteriores a la fecha de
aprobación de las presentes bases: 0,02 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra Administración
Pública en plazas pertenecientes a los mismos cuerpos, escalas y categorías que
las plazas que constituyen el objeto de la presente convocatoria: 0,02 puntos,
hasta un máximo de 1 punto.
A efectos de las presentes bases, los meses se considerarán de 30 días.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la completa se
computarán de forma proporcional.
Los servicios prestados se justificarán mediante documento expedido por la Administración
Pública correspondiente, a excepción de los prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena, en que se realizará de oficio.
b) Formación (máximo 4 puntos).
Por cursos, másteres, congresos y jornadas organizados por entidades públicas, colegios
profesionales y organizaciones sindicales, directamente relacionados con las funciones de las
plazas objeto de la presente convocatoria (incluidos los relacionados con las materias de
igualdad, nuevas tecnologías y prevención de riesgos laborales): 0,10 puntos por cada crédito o
10 horas de formación, tanto impartida como recibida, hasta un máximo de 4 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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