Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. (05718/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General, personal funcionario, por el sistema de concurso-oposción, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 5718/2022

Primer ejercicio. Ejercicio teórico: Hasta 10 puntos.
Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referidos a los contenidos del
temario que figura en el anexo II, a través de un cuestionario de 50 preguntas que adoptará la
forma de test con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas, en un tiempo
máximo de 1,15 horas.
Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un
tercio del valor de cada contestación correcta, las respuestas en blanco no se penalizarán.
El ejercicio se calificará con un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superar el ejercicio.
Los programas de los ejercicios teóricos de selección serán aprobados por el Ayuntamiento,
conjuntamente con estas bases.
Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio; supuesto práctico: Hasta 10 puntos.
Consistirá en desarrollar un supuesto práctico, con una o más partes, relacionado con las
tareas propias del puesto de trabajo objeto de la plaza convocada y del temario incluido. Podrá
consistir en prueba informática, ofimática, de tratamiento de textos, redacción de informes o
proyectos, solución de supuestos, planteamiento de desarrollo de actividades o cualquier otra
relacionada con los cometidos de la plaza convocada.
Es obligatorio y eliminatorio. Sólo podrán participar en este ejercicio, aquellos/as aspirantes
que hayan superado el ejercicio anterior, entendiéndose por tal, aquel que hubiera obtenido
una puntuación mínima de 5 puntos.
Para poder superar este segundo ejercicio, es preciso haber obtenido un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero y
segundo.
Los programas de los ejercicios teóricos de selección serán aprobados por cada Corporación y contendrán
materias comunes y materias específicas en la proporción que determine la convocatoria, no rigiéndose por
lo establecido en el artículo 8 y 9 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local.
Calificación final de la fase de oposición.
Vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios que deben
realizar los/as aspirantes.
A continuación se configurará una lista de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo
con los criterios establecidos en cada una de las bases de esta convocatoria, ordenada por puntuación de
mayor a menor, que contendrá , también, la puntuación del concurso-oposición, que se obtendrá sumando la
puntuación obtenida en ambas fases, para aquellos que hayan superado la fase de oposición.
Fase concurso:
Los puntos obtenidos en fase de concurso no se pueden utilizar para superar la fase de oposición; es decir,
habrá de superarse la fase de oposición, para poder sumar la fase de concurso.
La puntuación total a otorgar en el concurso será de hasta 8 puntos.

a) Experiencia: Hasta un máximo de 6 puntos:
-Por haber prestado servicios como Auxilar Ad. en el mismo
cuerpo, escala o categoría profesional en la administración
convocante de la plaza:

0,10 puntos por mes trabajado,
hasta un máximo de 4 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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