Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. (05718/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General, personal funcionario, por el sistema de concurso-oposción, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 5718/2022

a) Tener la nacionalidad española, o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 57 Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban n el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida: Estar en posesión, o en condiciones de obtener, del título de graduado en ESO,
según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o del Graduado
Escolar o equivalente, o títulos de formación profesional de Técnico Superior Auxiliar, Técnico o equivalente,
en virtud de la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
y Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación, equivalencia o convalidación en su caso.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo y durante el período de nombramiento de empleado/a
público.
Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la
Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno
de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y/o página
web, insertándose un extracto/anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
- Los aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones
de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de aspirantes.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Junto con la instancia habrá de presentarse, la siguiente documentación.
1. Fotocopia del DNI y en el caso de ser nacional de alguno de los estados miembros de la UE, lo establecido en la base
2.
2. Documento acreditativo de estar en posesión del título exigido en la presente convocatoria, así como méritos y
circunstancias alegados, los cuales deben estar debidamente fotocopiados y compulsados para la fase de concurso.
No se tendrán en cuenta los méritos que no se aporten y acrediten debidamente en el plazo de presentación de
instancias. Las pruebas superadas y la experiencia en la administración pública, solo se tendrán en cuenta si están
acreditados mediante certificado administrativo y el mismo sea documento original o esté debidamente compulsado.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento,y se señalará un plazo de 10 días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
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