Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05727/2022)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "Jardibattal"
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 5727/2022

Artículo 10.- Normas generales.
1.- Justificación documental de ausencia al programa.
Toda ausencia al programa debe ser justificada documentalmente.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al programa con normalidad
después de la consulta, el facultativo debe hacer constar dicha circunstancia además de cursar la baja por
incapacidad temporal o accidente laboral si fuera necesario. De no ser así, se considerará que puede volver al
programa tras la consulta.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar se debe comunicar al personal directivo y docente del programa
de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal" además de aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de tiempo justificado; de
producirse retraso injustificado a su incorporación a las actividades del programa, podrá ser motivo de sanción.
Los justificantes, deberán ser entregados al día siguiente de su incorporación.
2.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún familiar
necesita localizar a algún alumno/a del programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual JardibattaI", sólo basta
con preguntar en las oficinas por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
3.- El uso del móvil en las horas de clase queda prohibido. Si algún alumno/a necesita estar localizable durante ese periodo
de tiempo, se habilita a estos efectos el teléfono del centro.
Artículo 11.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a) Al respeto a su intimidad y comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza
sexual.
b) Respeto a su conciencia cívica y moral.
c) Respeto a su dignidad personal.
d) Recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del programa de formación y empleo "Escuela
Profesional Dual Jardibattal" y a las necesidades y posibilidad personal de cada uno.
e) Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del programa de formación y
empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal".
f) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de seguridad
y salud laboral en el trabajo.
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el
trabajo.
h) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal" a
través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física... según lo establecido en la ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 12.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
a. Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del programa de formación y empleo "Escuela
Profesional Dual Jardibattal", así como mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
b. Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el programa de formación y empleo "Escuela
Profesional Dual Jardibattal", de conformidad con las reglas de buena fe y diligencia.
c. Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitoras y profesoras, en el ejercicio
regular de sus funciones.
d. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en el
programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal" y entornos de trabajo.
e. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal" pone a su disposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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