Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05691/2022)
Convocatoria para la provisión de plazas pertenecientes al Grupo C1 y C2 como personal laboral fijo mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 60 puntos.

B. Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de copias compulsadas de los diplomas o
certificados correspondientes a los cursos y/o títulos alegados, que para lo que se refiere a los cursos de
formación, deberán indicar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
Puntuación máxima: 40 puntos.

B1. Por cursos de formación recibidos, organizados por administraciones públicas colegios profesionales y
organizaciones sindicales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones del puesto a desempeñar,
por hora de formación: 0,20 puntos, hasta un máximo de 40 puntos.
La puntuación por experiencia se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los servicios
hayan sido prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca a alguno de los supuestos
previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados familiares y demás
supuestos motivados en la conciliación de la vida familiar y laboral.
En caso de simultanearse ambas actividades en el mismo periodo de tiempo, sólo se puntuará una de ellas, la
experiencia más valorada según los apartados anteriores, a los efectos de valoración de los méritos, se
precisa expresamente que, no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que aun siendo
invocados, no sean debidamente obtenidos y acreditados en el plazo de presentación de instancias por los
solicitantes, mediante cualquiera de los medios autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de
subsanación posterior al efecto por parte de la administración, ya que el número de los méritos alegables, en
su caso, no son requisito imprescindible para la admisión del aspirante.
En caso de empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo al que más experiencia profesional posea en la
entidad convocante.
De persistir el empate se procederá a desempatar con el que más experiencia profesional posea en cualquier
entidad.
De mantenerse el empate se acudirá para dirimirlo a la titulación académica.
De mantenerse el empate se acudirá para dirimirlo al de mayor formación.
Octava.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por
orden de puntuación en la sede electrónica y el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, indicando aquellos
propuestos para su contratación.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser
contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera
haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
El aspirante propuesto deberá someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio
Ayuntamiento, que acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de
que dicho reconocimiento concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado,
quedando anuladas sus actuaciones.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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