Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05688/2022)
Aprobación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5688/2022

En el ámbito local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 91, determina que
las Corporaciones locales formularán públicamente sus OEP, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica
estatal. Prescripción que se amplía por el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, al determinar que la OEP para el año
correspondiente se aprobará y publicará anualmente, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y
a los criterios que, reglamentariamente, se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida
coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
II
La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que destina su artículo 20 a
regular las ofertas de empleo de personal del sector público, determina que la incorporación de personal de nuevo ingreso
con una relación indefinida que, deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de
gastos, se sujetará a unas tasas de reposición de efectivos que, en el caso del Ayuntamiento de Almendralejo, será del 125
por cien para las Policías Locales, del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores, todo
ello atendiendo a los criterios señalados en el artículo citado. Resaltando que la validez de las tasas de reposición
autorizadas quedan condicionadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Estatuto Básico
del Empleado Público, a que las plazas se incluyan en una OEP que deberá ser aprobada por los respectivos órganos de
Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el correspondiente Boletín Oficial antes de la finalización de cada
año. Además de que las convocatorias de las plazas se ejecuten en el plazo improrrogable de tres años desde la publicación
de la oferta.
Determina el artículo 11 del vigente acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este
Ayuntamiento que, una vez aprobados los presupuestos por la Corporación y atendiendo a lo que establezcan para ello las
sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado, el Ayuntamiento, con la participación de las centrales sindicales
representativas, aprobará, en el plazo de un mes, la OEP acorde con las necesidades de recursos humanos, con asignación
presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de nuevo ingreso, así como la reserva de plazas para
promoción interna de acuerdo con los principios fijados en la normativa Estatal o Autonómica, publicándose en el diario
oficial correspondiente.
III
En sesión plenaria celebrada el día 17 de marzo de 2022 se aprobó el presupuesto municipal para 2022 de esta entidad,
cuyo anuncio aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 74, del día 20 de abril de 2022,
conteniendo la plantilla de los empleados públicos de este Ayuntamiento.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 2022, aprobó una oferta de empleo público
extraordinaria y adicional para la estabilización del empleo temporal, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número
99, de 25 de mayo de 2022, al amparo de lo dispuesto por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, que contiene cuatro plazas, que no computan a efectos de tasa de
reposición de efectivos. Todo ello con el objetivo de reducir la tasa de cobertura temporal de los puestos estructurales de
este Ayuntamiento y avanzar hacia la finalidad de situarse por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales.
Desde esa fecha se ha venido sustanciando el acuerdo de modificación puntual de las relaciones de puestos de trabajo del
personal funcionario y laboral fijo, aprobadas en sesión plenaria del día 29 de noviembre de 2022 y publicadas en el BOP
número 232 del día 7 de diciembre de 2022, así como de la plantilla orgánica, aprobada inicialmente en la misma sesión
plenaria, lo que ha demorado la aprobación de esta OEP.
IV
Conforme a los preceptos anteriormente citados y a los artículos 37 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público
este acuerdo se ha sometido a negociación en la mesa de general de negociación de los empleados públicos, alcanzándose
el acuerdo con las centrales sindicales con los votos a favor de CSIF, UGT y CCOO, alcanzándose la plena representatividad
en la mesa.
A la Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía Presidencia otorgada por Decreto de Decreto de 21 de junio de
2019, publicada en el BOP de Badajoz, número 125, de 3 de julio de 2019, en uso de las atribuciones que le confiere el
artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, le compete aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto
y la plantilla aprobados por el Pleno.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes firmantes, de manera unánime,
ACUERDAN
Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público para el año 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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