Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05688/2022)
Aprobación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5688/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 5688/2022
Aprobación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022

APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO PARA EL AÑO 2022.
La Junta de Gobierno Local, por Delegación de la Alcaldía Presidencia otorgada por Decreto de 21 de junio de 2019, en
sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar la oferta de empleo público del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo para el año 2022,
como se detalla en anexo del acuerdo.
Segundo.- Que se proceda a la publicación del acuerdo suscrito con la representación de las centrales
sindicales, CSIF, UGT y CCOO, con fecha 12 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de esta oferta de
empleo público, en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Tercero.- Remitir a la Administración del Estado los acuerdos aprobatorios de las ofertas de empleo público
de las Corporaciones Locales, a los efectos establecidos en del artículo 56.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local.
Cuarto.- Notificar que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO
PARA EL AÑO 2022.
REUNIDOS
De una parte doña Josefina Barragán Merino Concejala Delegada de Recursos Humanos, don Juan Arias Domínguez Concejal
Delegado de Seguridad Ciudadana y doña Raquel del Puerto Carrasco Concejala Delegada de Régimen Interior quienes
actúan en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
De otra don Francisco José Pérez García, don Pedro Rangel García y don Abel Corcho Morales, quienes actúan en nombre y
representación de las organizaciones sindicales CSIF, UGT, y CCOO respectivamente.
MANIFIESTAN
I
Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, las necesidades de Recursos Humanos, con asignación presupuestaria
que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público
(OEP en adelante), que, además, podrá contener medidas derivadas de planificación de recursos humanos.
La OEP que queda sujeta, en todo caso, a su ejecución y desarrollo dentro del plazo improrrogable de tres años, cumple,
además, con una finalidad básica de transparencia y publicidad a los ciudadanos, que pretendan acceder a la función
pública, al ser preceptiva su publicación en el Diario Oficial correspondiente.
En este sentido, el artículo 29 de la Ley Función Pública de Extremadura, aprobada por la Ley 13/2015 de 8 abril, determina
que las plazas dotadas presupuestariamente, cuya cobertura se consideren necesarias y no puedan ser cubiertas con los
efectivos de personal existentes, constituirán la OEP.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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