Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de las Torres. Secretaría General (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05658/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plaza de personal laboral grupo A, subgrupo A2 y E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público en el Ayuntamiento de Valencia de las Torres
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Ayuntamiento de Valencia de las Torres

Anuncio 5658/2022

impartición cuando dentro de un mismo año sean coincidentes en cuanto a su contenido y se valorará
únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos, en caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Valencia de
las Torres ocupando el puesto objeto de convocatoria; si persiste el empate, atendiendo a la mayor puntuación en el
apartado 1.b) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Valencia de las Torres en el mismo cuerpo, escala o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria; y si persiste el empate, atendiendo al punto 1.c del mérito de antigüedad
en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala o equivalente del puesto objeto de la convocatoria; si aún
persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por
sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
1. Finalizada la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden de
puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento del o de los
aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
2. Las personas seleccionadas deberán presentar la documentación ante la oficina de Administración del Ayuntamiento de
Valencia de las Torres, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la
relación de aspirantes propuestos por el Tribunal, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de personal laboral en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no
hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en
la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
f) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
3. La falta de presentación de documentación dentro del plazo fijado, excepto en los casos de fuerza mayor dará lugar a la
invalidez de todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante
siguiente, según orden de puntuación obtenida como consecuencia de la citada anulación.
4. El Ayuntamiento de Valencia de las Torres se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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