Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de las Torres. Secretaría General (Mérida). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05658/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plaza de personal laboral grupo A, subgrupo A2 y E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público en el Ayuntamiento de Valencia de las Torres
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valencia de las Torres

Anuncio 5658/2022

durante el proceso selectivo, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas
en todo en lo no previsto en las bases.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1) El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la opinión
de técnicos especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del desarrollo del procedimiento de
selección.
2) El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo,
dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la
resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
3) Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que
alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará
conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formularlas alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del
interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte
la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso
selectivo.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
El sistema de selección será el de concurso.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los
méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1) Antigüedad:
A) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valencia de las Torres ocupando el
puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 7 puntos.
B) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valencia de las Torres en el mismo
cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,08 puntos, hasta un
máximo de 7 puntos.
C) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del
plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,075 puntos, hasta un máximo de 7 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 7 puntos.
2) Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas (cursos de perfeccionamientos, masters, congresos,
impartición de cursos de formación, tutorías impartidas y jornadas), acreditados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo al que se quiera optar realizados por
organismos o centros públicos o privados homologados oficialmente.
Por cada 50 horas de formación se otorgarán 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos.
En todos los casos se valorará únicamente una única edición del curso o acción formativa, ya sea asistencia o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 11