Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05451/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2023 de actividades educativas y culturales, así como celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 5451/2022

Al mismo tiempo, esta acción está incluida entre los proyectos que integran la I Estrategia de Desarrollo Sostenible de la
Diputación de Badajoz 2020-2023 para contribuir a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030,
alineada principalmente con el ODS 4, garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades
de aprendizaje durante toda la vida para todos; y el ODS 8, promover el crecimiento económico y sostenible, el empleo y el
trabajo decente. Todo ello sin olvidar que la cultura, como pilar fundamental del desarrollo sostenible, desempeña un papel
transversal en todos los ODS, siendo un elemento impulsor y facilitador de la consecución de estos objetivos.
Estas líneas de actuación de fomento y de promoción de la cultura persiguen una mejora de la programación cultural en la
provincia y una mayor participación de las asociaciones en la gestión de los programas culturales patrocinados por la
Diputación de Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y valores de los Planes Estratégicos de Subvenciones en los que se
enmarca la acción subvencional de la Delegación de Cultura y Deportes, para conseguir situar las necesidades e intereses de
los ciudadanos en el centro de las políticas culturales de la Entidad.
La Diputación de Badajoz, siendo consciente de la importante labor que desarrollan las asociaciones como dinamizadores
de la educación y la cultura, la participación y la intervención social de los ciudadanos, así como el desarrollo económico,
viene a realizar esta convocatoria con el objetivo de colaborar con las mismas en esta labor.
Base 1. Objeto y líneas de actuación.
El objeto de estas bases es establecer la regulación, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las asociaciones
sin fines de lucro y fundaciones de la provincia de Badajoz cuya finalidad sea la ejecución de proyectos culturales y
educativos, así como la celebración de fiestas populares en la provincia de Badajoz, complementarios o periféricos a la
actividad directa de la Diputación de Badajoz y que incidan en la promoción, divulgación, creación de nuevos públicos,
formación y cercanía de las ofertas culturales y educativas a los ciudadanos durante todo el año 2023.
La participación en esta convocatoria es incompatible con la participación en la convocatoria de subvenciones de la
Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro para la celebración de actividades deportivas durante
2023 y en la convocatoria de subvenciones destinadas a las Federaciones Deportivas de Extremadura para la ejecución de
proyectos deportivos durante el año 2023.
Base 2. Dotación presupuestaria.
1. La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 350.000,00 € (trescientos
cincuenta mil euros), e irán imputadas a los créditos presupuestarios consignados en las siguientes aplicaciones y con esta
distribución:

Aplicaciones presupuestarias
111/32600/48001/0400-Promoción educativa para asociaciones sin fines de lucro
111/33401/48000/1100-Promoción cultural para asociaciones sin fines de lucro
111/33401/48001/1100-Fiestas populares para asociaciones sin fines de lucro
Total dotación

45.000,00 €
275.000,00 €
30.000,00 €
350.000,00 €

2. Dicha distribución de los créditos tiene carácter estimativo, por lo que, si de las solicitudes, estudio y propuesta de
concesión se dedujera una alteración de la mencionada distribución, no se requerirá nueva convocatoria, aunque sí las
modificaciones que correspondan en el expediente de gastos, antes de la resolución de concesión.
Con carácter simultáneo, y condicionado a la aprobación de las presentes bases con convocatoria, se aprueba el gasto en los
términos previstos en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Base 3. Requisitos para obtener la condición de beneficiario.
1.- Se excluye expresamente de poder participar en la convocatoria a:
a. Asociaciones vecinales.
b. Asociaciones de madres y padres de alumnos.
c. Las entidades que tienen consignada una subvención nominativa en los presupuestos generales de la
Diputación de Badajoz para el ejercicio 2023.
d. Las asociaciones que presenten proyectos cuya finalidad no sea la celebración de actividades educativas,
culturales o de fiestas populares, objeto de esta convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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