Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05451/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2023 de actividades educativas y culturales, así como celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 5451/2022

e. Las entidades que carezcan de domicilio social en la provincia de Badajoz y no dispongan de delegación
permanente en la misma.
2.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones con fines culturales y
educativos de la provincia de Badajoz que cumplan con los siguientes requisitos a fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes:
a. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la Junta de
Extremadura a fecha de publicación de esta convocatoria.
b. Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener su domicilio social en la provincia de Badajoz. En el
caso de Asociaciones que no cuenten con domicilio social en la provincia de Badajoz, pero sí con delegaciones
permanentes, deberá aportarse documento acreditativo de la inscripción de la delegación en el Registro de
Asociaciones correspondiente y constar en sus estatutos.
c. Carecer de fines de lucro.
d. De acuerdo con sus estatutos, tener entre sus fines la realización de actividades culturales y/o educativas
coincidentes con los objetivos, criterios y valores del Plan Estratégico de Subvenciones de la institución
provincial.
e. No estar incursas en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refieren los apartados 2
y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3.- En relación al cumplimiento de las obligaciones por reintegro a efectos de la obtención de la condición de beneficiario, se
considerará que los beneficiarios se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo.
Asimismo, se considerará que los beneficiarios se encuentran al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de
subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión con ocasión de la
impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
Base 4. Solicitudes.
1.- El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
2.- Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en la
dirección web https://sede.dip-badajoz.es/, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la
Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y
sus entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), no admitiéndose ninguna solicitud que
tenga entrada por cualquier otro medio.
La presentación de las solicitudes y del resto de la documentación, a través del Registro Electrónico, podrá realizarse
durante las 24 horas de todos los días del plazo establecido en esta base.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad emitido a favor del representante legal de
la misma. Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
2. En trámites por Delegaciones seleccionar Cultura y Deportes.
3. Seleccionar el trámite Solicitud de subvención para actividades culturales (Asociaciones).
4. Identificarse con el certificado digital de representación del representante legal de la Entidad.
5. Cumplimentar los datos correspondiente a la Entidad y al representante legal de la Entidad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
7. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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