Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05451/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro para la celebración durante 2023 de actividades educativas y culturales, así como celebración de fiestas populares
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 5451/2022

competitiva (anexo IV).
Remisión de documentación para la justificación de la subvención destinada a las asociaciones sin fines de lucro de la
provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2023 de actividades educativas y culturales, así como a la
celebración de fiestas populares (anexo VII).
Remisión de documentación para subsanación de justificación de subvención de convocatoria de concurrencia
competitiva otros beneficiarios (anexo VIII).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la Convocatoria.La concesión de las subvenciones está
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Cuarto.- Aprobar la Convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones convocadas en
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo
establecido en el artículo 56 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de Subvenciones, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz a fecha de firma electrónica.
Badajjoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. el Diputado Delegado de Cultura y Deporte (Decreto 5/7/2019, BOP
8/7/2019), Firmado, Francisco Martos Ortiz. El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación
Municipal y Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes, Firmado, Ricardo Cabezas Martín (Decreto 5/07/2019, BOP
8/07/2019).
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.
___________

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA CELEBRACIÓN DURANTE EL AÑO 2023 DE
ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES, ASÍ COMO A LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS POPULARES.
En concordancia con los Planes Estratégicos de Subvenciones que anualmente elabora la Diputación de Badajoz y de
conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de
Cultura y Deportes ha establecido entre sus líneas generales de actuación una serie de acciones para el fomento y
promoción de la cultura y la educación en los municipios de la provincia de Badajoz, entre las que se incluye la concesión de
ayudas económicas destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia, que persigue la ampliación y mejora de la
programación cultural y educativa en la provincia, repercutiendo positivamente en la calidad de vida de sus ciudadanos.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el art. 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones provinciales, y en concreto a lo dispuesto en el
apartado d) en relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio
provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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