Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Lapa. (05589/2022)
Bases para la selección mediante concurso de una plaza de Auxiliar Administrativo correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización del empleo temporal
12 páginas totales
Página
Ayuntamiento de La Lapa

Anuncio 5589/2022

Tienen la consideración de administraciones públicas a los efectos de esta convocatoria: La Administración General del
Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la Administración Local y las
entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las
administraciones públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las empresas públicas se rigen por el derecho privado por
lo que no tienen la consideración de Administración Pública a estos efectos.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados en el anexo II aportados junto a la instancia anexo I, así como la documentación acreditativa de los
mismos de acuerdo con la base tercera.
La justificación del apartado de formación será mediante copia del título, diploma o certificado de la realización del mismo,
en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración y fecha de realización. De no venir
expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
En todo caso se valorará una sola vez los cursos que tengan un mismo contenido o similar, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
En el supuesto de que se produzca empate en la puntuación del concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por
este orden:
1.º.- Mayor puntuación obtenida en el apartado A del criterio méritos profesionales.
2.º.- Mayor puntuación obtenida en el apartado B del criterio de méritos profesionales.
3.º.- Mayor puntuación en el criterio de méritos académicos (formación).
4.º.- Si aún persistiera el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en el concurso siendo la puntuación máxima 10 puntos.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará pública en la sede electrónica del
Ayuntamiento de La Lapa, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación del anexo II con la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes (anexo I), así como la documentación acreditativa de los mismos, supondrá la no valoración al aspirante de los
mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación obtenidas en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquel/a
propuesto para su cobertura.
La persona aspirante propuesta acreditará ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
Octava.- Calendario.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Novena.- Bolsa de trabajo.
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 12