Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Lapa. (05589/2022)
Bases para la selección mediante concurso de una plaza de Auxiliar Administrativo correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de La Lapa

Anuncio 5589/2022

Séptima.- Desarrollo, puntuación del concurso de méritos y reclamaciones.
Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará al Tribunal Calificador al objeto
de proceder a la baremación de los méritos de cada aspirante, consignados en la solicitud de participación.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta experiencia, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y
más en concreto en esta Ayuntamiento de La Lapa, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al
haber sido esta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a los servicios prestados, solo serán tenidos en cuenta en la plaza de igual denominación a la que se opta,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino, contratación temporal o indefinido no fijo o situación
equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
Méritos profesionales. Hasta un máximo de 6 puntos.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario interino, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino,
contratación temporal o indefinido no fijo o situación equivalente de temporalidad, hasta la fecha de publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con el siguiente baremo:

Méritos profesionales

Valoración (máximo 6
puntos)

A.- Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de La Lapa ocupando la
plaza objeto de la convocatoria

0,030 puntos/mes

B.- Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública en el
mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria

0,015 puntos/mes

Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social acompañado de
certificados de la administración contratante que identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada,
duración de la jornada, fecha de inicio y fin de los servicios prestados.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de La Lapa, serán comprobados de oficio por el mismo.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada apartado del baremo el
número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero,
despreciándose los decimales.
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el permiso de reducción
de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán incrementados hasta el 100% de los
servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin reducción de jornada. No se computará a estos
efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios
prestados como personal eventual ni como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido
prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Méritos académicos. Hasta un máximo de 4 puntos.

Formación
Por cada 5:00 horas de formación
(A estos efectos, un crédito equivale a 10:00 horas)

Valoración (máximo 4 punto)
0,050 puntos

Se valorarán los cursos y jornadas recibidos y acreditados hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOP a partir de 5 horas de formación, cuyo contenido se encuentre relacionado con las funciones a desarrollar con la plaza
a la que se opte bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una Institución Pública o Privada (Colegio
Profesional, Sindicato, Cámara de Comercio, Federación, etc.) en colaboración con una Administración Pública. También se
valorarán los cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de formación para el empleo del
personal al servicio de la Administración Pública.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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